somos una mancomunidad que agrupa nueve comunidades o portales. Tenémos el agua caliente en común y pagábamos el agua a partes iguales y el gas de calentarla por coeficientes. El Ayuntamiento de Madrid nos obligó a poner contadores individuales y así lo hicimos, aprobándose en Junta (de comunidad y de mancomunidad) reducir cuotas por pagar el agua aparte, al ser un gasto "individualizable" según la LPH. Algunos vecinos (4) se niegan ahora y piden una reunión conjunta de los 90 vecinos. El Presidente la convoca y asisten 36, de los cuales 31 votan que el cose del agua se siga pagando como antes, mientras que 5 votamos que se paguen según consumo y según establece la LPH, pues para eso hemos puesto los contadores y contratado a una empresa para su lectura. ¿Se puede sin unanimidad adoptar un acuerdo contrario a la LPH? El título constitutivo no dice nada del agua, pero sí que se regirá por la LPH. Pueden 4 vecinos que en su momento aprobaron la instalación de contadores y el pago por consumo de reducción de cuota presentar un escrito echándose atrás y pidiendo una nueva reunión? Hay alguna sentencia sobre algún juicio se una discrepancia similar a ésta? Gracias.
4 vecinos no pueden solicitar junta. Tiene que ser el 25% del total en su caso 23.
Si tienen todos los contadores puestos, no entiendo para nada su pregunta, ya que usted tiene que decir que usted paga lo que gasta.
Para seguir pagando el agua a partes iguales, una vez puestos los contadores, se necesita unanimidad, pero es que esa votación es absurda.
Informenos de como están pagando actualmente
Ahora pagamos el agua (del Canal Isabel II) a partes iguales (esa es otra guerra, lal de los coeficientes...) y el gas por coeficientes. Gracias Jalisco.
Sigo: la última reunión fue a primeros de Marzo yt no ha dado tiempo a que paguemos con la fórmula nueva: por consumo, además con el resultado de esa votación parece que se ha parado la aplicación del nuevo sistema de pago y las nuevas cuotas. Queremos ir por la vía judicial, pero nos interesaría conocer alguna sentencia sobre casos similares. ¿podéis darme alguna información) La LPH ya la tenco y la conozco bien, pero ni el Administrador ni el Presidente ni algunos vecinos la conocen, o no la quieren conocer. Lógicamente, los que más consumen salen perdiendo, y son los que están "moviendo" todo este tema. Gracias por todo lo que me podás facilitar.
pero que se aprobó en esa junta?
usted que voto?
si voto que no, salvo el voto?
pero es que no acabo de entender, para que ponen contadores si van a seguir pagando a partes iguales?
si ya han contratado la empresa de lectura de contadores, ésta emitirá sus recibosd individuales, ¿porque no se abonan así?
Jalisco. pusimos contadores porque el Ayuntamiento de Madrid nos obligó a ello, con sanciones de hasta 30.000 euros si no los hacíamos en muy corto plazo, creo que era un mes. En la reunión de mi portal en febrero 2012 se aprobó pagar el agua por separado y bajarm la cuota.En la reunión de la Mancomunidad (que agrupa a 9 comunidades o portales) se había aprobado en enero 2012 un precio de 3,41 euros metro cúbico de agua caliente (agua más gas) y reducir en ambos casos las cuotas. Pero ante las protestas de algunos vecinos (que deben de consumir mucha agua caliente y tenían que pagar más que antes) el Presidente convocó una nueva reunión a primeros de marzo y en ella votaron 31 a favor de seguir como antes, ignorando los contadores y LPH, y 5 votamos a favor de pagar según consumo/lectura de los contadores. Por más que informé al Presidente de que según la LPH el agua caliente era un gasto "susceptible de individualización" y debía de ser pagado según consumo real de las viviendas, hizo caso omiso, y el Administrador está también de su parte (porque le da menos trabajo repartir a partes iguales el agua y por coeficientes el gas que gestionar 90 recibos diferentes. Yo tengo las ideas muy claras, pero no hago más "que chocar contra un muro de piedra" en este tema. Vamos a impugnar el avcta de marzo ante el juez, pero me gustaría saber que suelen hacer los jueces, por eso pido que me indiquéis si hay jurisprudencia, sentencias, etc. en casos similares. Podría detallar más, pero es tan largo el proceso que me quedaría sin sitio. Creo que con lo que te he contado ya te puedes hacer una idea. Gracis y "Jalisco no te rajes" y ayúdame, por favor.
no ha contestado a la 2ª y 3ª de las preguntas
Entiendo que el agua fria si la pagan según lo que consumen, y el agua caliente la pagan a partes iguales porque la caldera es general
Tienen dos contadores, uno de agua fria y otro caliente?.
para buscar jurisprudencia, diganos de manera corta y clara, que va a impugnar
yo voté ren contra de anular el acuerdo, es decir, a favor del pago del agua según consumo por la lectura del contador. Si tenemos dos contadores, uno de agua fría y otro de agua caliente, al estar centralizada. Queremos impugnar el acta de la reunión de marzo por varios motivos:
Fue solicitada sólo por cuatro vecinos mediante un escrito por el que pretendían "impugnar" el acta de la reunión de enero.
La aprobación del reparto de gastos a partes iguales no se ha aprobado por unanimidad, como creo que se exige para aprobar un acuerdo en contra de la LPH.
Por no admitir que ahora el agua es un "gasto susceptible de individualización" según la LPH y debe quedar fuera de la cuota de gastos comunes.
¿Te he aclarado el tema? Gracias de nuevo.
Jalisco, he estado unos días fuera y muy liada con otros temas, pero vuelvo a la carga y te aclaro más las cosas, aunque sea un poco "rollo". Se trata de una mancomunidad de 9 portales. Cada portal tiene un contador para el agua fría y se ha estado repartiendo a partes iguales. Hay una caldera de agua caliente y calefacción que sirve a los nueve portales de la mancomunidad. Esa caldera tiene un contador, por tanto, común para los nueve portales. El agua (fría) que entra en la caldera y que mide ese contador se reparte a partres iguales entre portales y vecinos de cada portal. El gas que se consume en calentar ese agua se reparte por coeficientes de los portales (hay seis portales con viviendas de tres dormitorios y tres portales con viviendas de dos dormitorios y, por tanto,menor coeficiente que los de 3 dorm). Cada vez que se intenta cambiar el sistema de gastos de algunos a partes iguales a todos por coeficientes (a instancia mía), los seis portales de mayor coeficiente siempre son mayoría y votan a a favor del reparto a partes iguales, porque le favorece y los de dos dormitorios (como el mío) siempre perdemos pues quedamos en minoría. Por su parte, el administrador (que es un vecino con piso grande) se empeña en que para cambiar el sistema (que lleva así cerca de 40años) se requiere unanimidad (pura utopía, dadas las circunstancias). No hay estatutos ni ningún otro documento en el Registro de la Propiedad posterior al Título constitutivo, que establece las cuotas de participación y que se regirá por la Ley de Propiedad Horizontal. (Estamos pendientes de conseguir del Administrador el acta constitutiva de la Mancomunidad, aunque no está inscrita en el Registro.) Entre actas de mi comunidad (sept.2011 y febrero 2012) y de la mancomunidad (junio 2011, dic.2011, enero 2012 marzo 2012) hay hasta contradicciones ilógicas como que los mismos vecinos voten una cosa en la junta de la comunidad y la contraria en la de la Mancomunidad (porque el administrador, en contra del art. 24 de la LPH, no convocó una junta de Presidentes, sino de todos los vecinos (90 en total). Ademnás el acta de la reunión de marzo era tan poco clara (tendrías que verla) que incluso dos abogados, después de leerla, no han preguntado: pero bueno, ¿qué es lo que se aprueba aquí?. A no ser que estés muy metido en el tema, como yo y unos pocos, hay gente que no se entera de lo que vota, sino que como borregos siguen al administrador (y sus amiguetes) que siempre propone lo que más le interesa o lo que le da menos trabajo. (Por cierto, aunque es un vecino, cobra por su trabajo). Lo último, es que de todo este galimatías de actas y, puede ser, porque saben que nos estamos "moviendo" han llegado a la solución salomónica de pagar el agua fría (y la caliente antes de entrar en la caldera) según consumo, a ochenta y tantos céntimos el metro cúbico y el gas utilizado el calentar el agua caliente (¡valga la redundancia!) por coeficientes, cuando el coste del metro cúbico del agua caliente, según la empresa de la caldera, sería de unos 3,42 € el metro cúbico.
Lo grave es que hay viviendas que gastan un metro cúbico de agua caliente por recibo (dos meses) y otras más de diez, con diferencias en los recibos de más de 20 € mensuales. Ya no podemos impugnar el acta alegando no pagar el agua por contadores, pero ¿y el gas utilizado en calentarla, que es lo más caro?. He leído unas cuantas sentencias de juzgados, audiencias provinciales y Tribunal Supremo no tengo mucha confianza en que se consiga algo. ¿Se te ocurre algo que me pueda ayudar?
Tengo una casa en la playa donde hasta hace 2 días el agua se contabilizaba en un solo cotador y después se pagaba con la cuota mensil que es muy alta. Ahora la presidenta en Junta. extraordinaria ha dictatorialmente( ha convocado en sólo una semana junta extraordinaria y presentandose con 20 delegaciones...seguramente se ha preparado con tiempo ya que casi todos son extranjeros) decidido por MAYORIA que pondrá contadores separados...algunos propietarios no estamos de acuerdo porque ya pagamos ese dinero en la cuota mensil y por otros motivos de carácter estructural. Alguien me puede decir si esta modifica deber ser aprobada por UNANIMIDAD...es lo que creemos los que nos oponemos ya que fué decidido, tambièn por unanimidad la división de los contadores de luz. Gracias