la repartición de los gastos en una comunidad se realizan según lo estipulado en el art.9.1.e de la LPH,
e) Contribuir, con arreglo a la cuota de participación fijada en el título o a lo especialmente establecido, a los gastos generales para el adecuado sostenimiento del inmueble, sus servicios, cargas y responsabilidades que no sean susceptibles de individualización.
Las leyes muchas veces no nos son personalmentes justas, pero esta repartición es la más normal y más justa, porque suponga que se cambiase el reparto de gastos por habitantes en cada vivienda, eso sería un garigay, cada año habría que estar modificando el coeficiente de participación. por lo cual este reparto es totalmente justo.
Usted indica que son 150€ al mes de agua, al menos eso entiendo en su primera intervención, pero despues indica que de gastos de comunidad son 150€. (no se si no existen más gastos en la comunidad)
Nos dice que el piso de sus padres tiene 600m2 y los otros tres suman 340m2, la suma total es de 940m2 si el coeficiente fuese el justo no sería el 55% sería el 63,829, o sea que el coeficiente esta estipulado a favor de sus padres.
Y totalmente si se ajusta derecho la contribución a los gastos según el coeficiente de participación dado que es lo que indica la LPH, y no según número de personas que habiten la vivienda
No obstante (no tengo ni idea), no se que opinión tendría sobre si un juez estimaría como fundamento de hecho suficiente para respaldar el obligar a los otros 3 vecinos a una obra que no consienten, si estos no lo acuerdan en la Junta de propietarios, repito no estoy puesto, no se si hay jurisprudencia al respecto o refuerzo jurídico, si así fuese entonces supongo que podríamos proceder así ya que considero que lo ajustado a derecho es que no haya un abuso de que un vecino aunque en su vivienda vivan 2 personas, por el solo hecho de tener mas metros llegue a pagar cantidades tan desorbitadas como 150 euros de comunidad.
Pero el ahorro seria nada mas que para mi familia, los demás pagarían, lo que en justicia gastan y la LPH se ciñe a los coeficientes por metros cuadrados. Me parece una vía difícil de enfocar no se como lo veis pero es mi humilde opinión, y desde el desconocimiento un juez dictaría sentencia conforme a los criterios de los coeficientes por que si se basa en el ahorro estaría contrariando los criterios legales de la LPH y vulnerando los votos delos vecinos ¿no? repito desde mi desconocimiento. Gracias
Una posibilidad sería proponerlo a la junta de propietarios y una vez que se vote en contra, impugnarlo ante los tribunales en base al ahorro que supone la individualización.
Gracias. Sabría usted Dicturpin alguna forma de proceder ante este abuso. Habría que denunciar judicialmente la renegociación de cuotas por abuso? Es que porque tengas un piso de 600 metros no tienes porque pagar como si fuera eso un negocio. En la casa de una vecina viven 3 y donde mis padres sólo ellos 2. El contador individual sin el acuerdo de mayoría de vecinos creo que no se puede o eso e entendido yo. Si se puede por decision individual de mus padres entonces ellos lo pondrían. Saludos.
Pelaez1: zapatero a tus zapatos.
Las empresas instaladoras de contadores, tienen obligación de conocer su trabajo, no tienenorwue ser conocedoras de la PH
La individualización del consumo de agua en comunidades de propietarios se fundamenta en el artículo 9.1.e) de la Ley de Propiedad Horizontal que obliga a los propietarios a contribuir a los gastos comunes que no sean susceptibles de individualización.
Siendo el consumo de agua un gasto individualizable, no hay nada que se oponga a que, los propietarios que así lo deseen, puedan instalar un contador divisionario de agua para medir el consumo de su vivienda o local.
El consumo excesivo en su comunidad tiene una solución muy sencilla, que es la individualización del consumo de agua mediante la instalación de contadores individuales en cada una de las viviendas de la comunidad, con lo que se consigue que cada uno pague lo que consuma, además de contribuir notablemente al ahorro en el edificio como consecuencia de la mayor concienciación sobre el uso racional del agua. En este sentido, hay Ayuntamientos como el de Madrid, que en 2006 implantó una Ordenanza de Gestión y Uso Eficiente del Agua, que obliga a instalar contadores individuales para reducir el consumo en las viviendas de este recurso tan escaso, teniendo en cuenta que el uso residencial supone alrededor del 60% del consumo total.
La forma de proceder es comunicar a la comunidad su intención de instalar el contador y, haciendo uso de lo previsto en el artículo 16.2 de la LPH, pedir que en la próxima Junta se trate el tema de la individualización del consumo de agua y se presenten presupuestos de instalación y posterior lectura (en nuestro directorio de empresas de contadores puede encontrar numerosas empresas del sector), para que sea la comunidad la que decida si es interesante y si le parece o no caro. Como para la individualización del consumo de agua no hace falta acuerdo comunitario, conviene tratarlo en Junta para dar oportunidad a que los propietarios que lo quieran (seguro que a quienes tienen el piso alquilado les interesa porque podrán repercutir este gasto a sus inquilinos), puedan instalar el contador individual. En cualquier caso, si se aprobara por mayoría, no se pueda obligar a que lo instale quien no lo quiera, porque el mismo derecho que tiene cualquiera a ponerlo lo tiene para no instalarlo.
esto pertenece a una de las páginas web que le aconseje que buscase.
Juan S. Lleva razón es interesante su planteamiento, pero no es el planteamiento de Pelaez, él desea plner un contador, no cambiar la forma de pago. Si tambien quiere eso pues que lo diga, porque lo que dice no lo veo muy claro, pero no quiero entrar ahí, dado que él no lo pregunta
Gracias. Llame a emacsa que es la empresa de aguas de Córdoba y el técnico me dijo que hace falta el voto de la mayoría de vecinos. Junta no hay. Sr trata de unos vecinos de toda la vida que son 4 familias incluyendo a mis padres. Antes éramos 7 en esa casa mis 2 abuelos. Mis hermanos y mis padres. Ahora son 2. Es injusto que siendo el mismo número de habitantes en cada piso tengan que pagar por el solo hecho de tener más metros el doble de agua y que a la hora de decidir poner un contador individual no puedan por ser mayoría de votos. El piso de mis padres son 2 plantas. La planta 1 y la 2. El de los vecinos son 3 pisos en la planta baja. Saludos
Supongo que tu respuesta no va dirigida a Peláez sino a mí.
Conocer la cuota de participación es siempre importante porque puede suceder que se esté pagando de más en el agua y en los demás gastos.
En cuanto a la individualización, la cuestión es polémica en cuanto a qué mayoría se necesita o si no es necesaria la intervención de la junta. Además, en ocasiones, técnicamente no es fácil tal individualización.
Pelaez no se queja de la forma de reparto, se queja que quiere tener su madre un contador individual
Pelaez en una de esas web puede leer:
Respuesta
Los propietarios tienen derecho a instalar contadores de agua para medir el suministro a su vivienda o local, lo que permite la individualización del consumo de agua, teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 9.1.e) de la Ley de Propiedad Horizontal que incluye entre las obligaciones de los propietarios la de contribuir a los gastos comunes que no sean susceptibles de individualización.
Evidentemente, el consumo de agua es un gasto individualizable, y los propietarios que lo deseen están en su derecho de instalar un contador divisionario que permita conocer el consumo que corresponda a su vivienda o local.
Lo importante, a esos efectos, no son los metros cuadrados sino la cuota de participación. Hay que ver la escritura y/o el título constitutivo y a partir de ese dato aclarar las cosas.
Escriba en google contadores de agua en comunidades de propietarios
Ahi podra escoger web y enterarse bien
Una aclaracion su madre aunque tenga mayoría de coeficiente, para cualquier acuerdo se necesita doble mayoria, votos y coeficiente
Buenas. Les comento. Mis padres viven en una comunidad de 4 pisos. 1 de 600 metros es el suyo. Los otros 3 juntos suman 340 metros. Es decir 4 familias de vecinos pero mi madre supera en el doble lo que los demás tienen juntos. El residencial lo hizo mi abuelo que era constructor. Mi madre para el 55 % del agua de un contador común. Es decir 150 euros al mes. Sin embargo viven sólo mis dos padres allí. Sin embargo los demás vecinos pagan proporcional a sus metros de vivienda. Mi madre a propuesto poner contadores individuales pero los demás vecinos beneficiados por esta desproporción. Se niegan. Así que mi madre se ve obligada a pagar el agua de todos prácticamente. Mi pregunta es según las leyes puede mi madre imponer por cuota mayoritaria de metros cuadrados la imposición de contadores individuales? Ya que tiene más del 55% de metros cuadrados totales. Gracias. Un saludo