Hola de nuevo!!
Una segunda pregunta: ¿Es obligatorio contratar el contador general del edificio si no se van a colocar grifos en zonas comunes y existen los indiviuales? Otras comunidades de la zona se quejan de que la empresa suministradora de agua ha cargado sobre sus espaldas diferencias abusivas que no se explican de dónde salen. Si pudiéramos legalmente evitar esta contratación solucionaríamos el problema. Mil gracias a todos.
Aunque no es obligatorio la contratación del contador de "usos comunes", ya que la empresa suministradora sigue facturando las diferencias de consumo por el contador de la acometida principal, yo le recomendaría que lo pusiesen ya que así, la empresa suministradora, dejaría de cobrarles, cuando no exista diferencia de consumo, la tarifación mínimo por la acometida general contratada.
Una vez que todas las acometidas individuales de la batería de contadores están contratadas, o en su defecto con instalación de brida ciega en aquellas no contratadas, la empresa suministradora solamente puede cobrar a la Comunidad, por la acometida principal, cuando existe una diferencia de consumo entre esta acometida y la suma de todos los contadores individuales, que en situaciones normales no tiene porque existir, por lo cual no le prodría facturar diferencia de consumo y por lo tanto tampoco el mínimo, dinero que se ahorraría la Comunidad.
Además tiene otra ventaja, si hubiera facturación por existencia de diferencia de consumo significaría que hay una fuga interna que está causando daños o alguna anomalía existente que habría que subsanar.
Contestación realizada por gentileza de www.movilgestion.es
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