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contador electricidad no funciona - si no digo na', que?

15 Comentarios
 
Contador electricidad no funciona - si no digo na', que?
30/08/2006 17:26
hola,
la cuestion es que, por culpa de un relampago hace unos años, no funcionael contador de electricidad desde aquel momento.
la compañia no se entera porque hemos tenido siempre muy pocos gastos.

es mi responsabilidad avisar la compañia?
si no lo hago, es delito? que me podrian hacer?

gracias,
saxi
perfil :)
30/08/2006 17:36
¡¡¡Hola!!!

En mi opinión, sí. Pienso que, como toda defraudación, puede cometerse por omisión. Al ocultar a la Compañía la avería, le está causando un perjuicio económico, al no abonar el consumo realmente realizado.

No obstante, no estoy muy seguro de ello, así que espere otras opniones.

¡¡¡Saludos!!!
30/08/2006 17:45
ay... y no puedo decir que no me he enterado?

por ley tenemos que comprobar las facturas? No puedo decir (inocentemente) que siempre confio en la compañia, y nunca compruebo los recibos?

:o)
perfil :)
30/08/2006 17:48
Jaja!! Pues no sé, amigo Saxi.

Espera más opiniones. :)

Que alomejor estoy exagerando...
perfil :)
30/08/2006 17:52
Es que el Art. 255 parece sólo referirse a conductas activas, no omisivas. Pero entiendo que, como toda defraudación, si cumple los demás requisitos (error, acto de disposición y perjuicio patrimonial), el engaño lo puede ser por omisión.

A ver qué opinan otros foristas.
30/08/2006 18:03
gracias!
pues si, me gustaria saber si me podrian multar o algo asi...

como que ya he 'disfrutado' unos años del hecho...
pensaba decir que 'he estado fuera unos años, pero ya estoy de nuevo aqui... y veo que el contador ahora no va...'

hombre, ahora que lo escribo, suena un poco tonto, no?
pero que mejor hacer entonces? callarme y esperar que no se enteran nunca nunca?
perfil :)
30/08/2006 23:58
Bueno ¿y no podría ser que, quizá, digo yo, no sé, el rayo hubiese caído ahoraaaaa????
perfil :)
31/08/2006 00:16
Alomejor algún experto electricista nos puede indicar si es ello posible....
:)
31/08/2006 00:59

Bueno, habría que ver también qué tipo de responsabilidad tiene el usuario con el contador.
Si es exigible que el propio usuario lo verifique, etc, etc... pues entonces puede que sí que tenga algún tipo de responsabilidad.
Si todo el tema ese corre a cargo de la compañía... pues Vd. no tiene porqué saber el estado del contador.

Amos, creo yo.

De todas formas, la propia compañía no hace revisiones???

perfil ITL
31/08/2006 08:21
No creo que tengas problemas. La compañía es la responsable del buen funcionamiento del contador. Otra cosa sería un desperfecto provocado.
31/08/2006 08:56
Sí , existe la obligación de comunicarlo ( y de asumir responsabilidades aún no siendo conscientes).

Entiendo, que el contador es para toda la comunidad. Por lo tanto, la estafa continuada la cometería toda ella y la suma en conjunto quizá sea mayor de la que uds. creen ( no le quite importancia ).

En este supuesto, como los beneficia a todos, todos callan. En mi opinión, es muy posible que si la compañía se cerciora, la cantidad ahorrada ilícita y conscientemente sea menor de la que tendrían que hacer frente si son descubiertos. Y quizás menos llevadera que los pagos trimestrales por un consumo real.
En cualquier caso, si uds. lo comunican a la empresa, creo que no les eximirá de pagar lo consumido durante estos años. ( otra cosa es determinar cuánto han consumido )

A Judas: aunque no tuviesen acceso al contador, las cantidades facturadas hasta entonces ( el dia que cayó el rayo ) descendieron. Pagaban 10 y ahora pagan 5. En este caso parece que el "ahorro" es considerable, como para no darse cuenta.


Aqui una sentencia del TS en un caso similar, pero contraria a la jurisprudencia mantenida por la propia sala :

http://195.55.151.29/cendoj/Contencioso - Administrativo/Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso/1999/Marzo/28079130031999100363;internal&action=hilite.action&Parameter=a#1st


1saludo.
31/08/2006 09:11
Dado el carácter del caso, creo que no se encuadra en los delitos de estafa, si no en:

las "defraudaciones del fluido eléctrico y análogas" de la Sección III correspondiente al Capítulo VI "De las defraudaciones" del Título XIII "Delitos contra el patrimonio y contra el orden socioeconómico" de Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal

1saludo.
31/08/2006 09:35
gracias todos!!!

no, una comunidad no es...

tenemos casa en una cuidad cerca, i en el pueblo tenemos una caravana (y es alli donde tenemos el contador roto).

a la compañia tal vez no les surprende que no tenemos consumo porque siempre hemos tenido muy poco. tal vez no comprueben el contador porque es un pueblo muy muy pequeño - 20 casas.

ahora solo pagamos la cuota mensual, nos ahorramos cada mes unos 5 euros, mucho no es...

ahora que pienso... tal vez, si nos descubren, podemos decir que estabamos estos años en la cuidad y no en la caravana?!
31/08/2006 10:49
En ese caso, yo arreglaría el contador. Por lo que me imagino que tendrás que ponerte en contacto con la empresa y contarselo.

Según el CP, en su Libro III "de las faltas" , Titulo II " de las faltas contra el patrimonio" ,Artículo 623, punto 4:

Serán castigados con localización permanente de cuatro a 12 días o multa de uno a dos meses los
Los que cometan apropiación indebida o defraudación de electricidad, en cuantía no superior a 400 euros.

1saludo.

PD: En cuanto a "la excusa", no le pudo ayudar.
31/08/2006 11:13
muchas gracias ajandro!

jeje... 1saludo de ti pa' mi, salu2 de mi pa' ti!
31/08/2006 12:08
Denada saxi, otro pa´ti.

:)