He de contabilizar una factura por un material valorado en 100 euros 16 euros de iva.
Al proveedor le aporto un material que yo tenía contabilizado como gasto en otro ejercicio, así que me hace una factura como sigue:
base: 100 euros
iva: 16 euros
total: 116 euros
al final de la fra. pone: aportacion de materiales : 116 euros.
En un principio pensé en hacer lo siguiente:
1.- contabilizar el gasto por la compra:
D 100 (602) Material de oficina
D 16 (472) iva soportado
H 116 (4000) Acreedores
y luego cancelar la deuda así:
D 116 euros (4000) Acreedores
H 116 euros (778) Ingresos extraordinaros
Pero me asalta la duda del iva, es decir, yo me deduzco 16 euros por la compra, pero, ¿tengo que llevar los 116 a ingresos extraordinarios o llevo 100 y los otros 16 a iva repercutido?
el caso es que yo no he hecho ninguna fra. de venta al proveedor y él no me la ha pedido, él simplemente refleja al final "aportacion de materiales por 116 euros, total a pagar = cero euros"