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Consumo de sustancia estupefaciente en una piscina comunitaria.

2 Comentarios
 
Consumo de sustancia estupefaciente en una piscina comunitaria.
04/08/2016 14:47
En la comunidad donde resido hay una piscina comunitaria al aire libre donde últimamente un grupo de vecino se pone a fumar marihuana junto a la piscina de los pequeños.

Al ser dentro de la comunidad de vecinos no se puede sancionar por la ley 415, al fumar a la salida de la piscina de los pequeños no se si se considera zona infantil ya que todos los niños para entrar en la piscina tienen que pasar por donde se encuentran fumando marihuana. Por lo que desconozco si se podría aplicar la ley 422010, si bien dicha ley solo hace referencia a fumar tabaco.

Por último creo que la solución más correcta es aplicar la ley de propiedad horizontal. Alguien podría guiarme un poco de los pasos a seguir? O si ven alguna otra forma de actuar.
05/08/2016 10:26
Deros
Habrá que ver si son propietarios o inquilinos.
Burofax dirigido a la vivienda o viviendas de los fumadores, prohibiéndoles fumar en la piscina, marihuana o lo que sea.
Intentar denuncia ante la Policía Nacional.
05/08/2016 10:53
Deros
No está prohibido fumar en la piscina, como regla general, salvo que haya dos piscinas, una de adultos y otra infantil. En este caso está prohibido fumar en las proximidades de las piscinas infantiles.
Todo esto hablando de tabaco.
En cuanto a la marihuana no está permitido su consumo en la vía pública, ni tampoco en las zonas comunes.
Hablen con el presidente y que recurra al procedimiento del art. 7.2 LPH. Dejándoles claro que si hacen caso omiso procederán a denunciarles a la policía.