buenos días,
tengo una duda legal que quizás puedan resolverme,voy a tratar de mantener el anonimato de todas las partes por falta de conocimientos legales.
la situación es la siguiente:
La constructora "X" hace un edificio de VPO para venta de pisos, cada piso tiene 1 trastero y 1 plaza de parking, total 44 pisos, 45 plazas de parking y 44 trasteros.
la plaza sobrante se sortea y la adquiere uno de los vecinos.
Hasta aquí todo normal.
Una vez firmados todos los pisos ante notario se realiza la primera reunión para consolidar la comunidad de vecinos junto con la constructora. En esa reunión la constructora nos informa de que no son 44 trasteros si no 45 y que se ha vendido libremente a un tercero externo (Concretamente a una empresa), no habiéndonos dado la opción a los vecinos de comprarla.
Hemos pedido explicaciones a la promotora, si recibir respuesta y por LOPD no nos facilitan datos de este tercero, no pudiéndole avisar para las reuniones vecinales.
La duda es la siguiente:
es legal no informarnos previamente de esto?
Siendo vivienda VPO la Promotora puede venderlo a un tercero libremente?
El edificio tiene acceso a pie de calle y por parking, que accesos debe poder usar este tercero?
Podemos tomar medidas legales hacia la promotora por esto?
muchas gracias por vuestro tiempo
un saludo
Un Vecino preocupado :)
Conviene que haga la consulta del problema, a la Consejería de Vivienda de su Comunidad Autónoma. En su escritura, vendrá reflejado el número de expediente de VPO. Lleve copia de su escritura de compraventa. Que le muestren el proyecto del edificio y compruebe si son 44 o 45 trasteros. Así mismo, que siendo el edificio de VPO, se ha podido vender ese trastero "sobrante" a un tercero.
Compruebe también el proyecto en el ayuntamiento y el número de trasteros.
Podría se que en ambos organismos, aparezcan solo 44 y no 45.
También en el Registro de la Propiedad, si ese último trastero, es una finca registral independiente y tiene asignado un coeficiente.