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Consulta sobre IRPF

4 Comentarios
 
Consulta sobre irpf
19/09/2013 11:42
Hola buenos días.

Querría hacer esta consulta referente a la obligatoriedad o no del pago del irpf por parte de los trabajadores.

Pongo en situación.

Digamos que los árbitros de un deporte minoritario no han estado declarando sus ingresos hasta la fecha ya que eran considerados dietas por la labor realizada. Teniendo en cuenta que el ingreso máximo por un encuentro es de aproximadamente unos 60 € y en un buen fin de semana se podrían sacara unos 200 € de distintos pagadores ya que nunca se arbitra al mismo equipo.

Ahora pasa a pagar a estos colegiados la federación a la que pertenecen puesto que los clubes así lo han solicitado. Pagara a los colegiados de forma semanal y mediante transferencia.

Esta federación quiere aplicar el irpf, con la excusa de así después poder facturar a los clubes el gasto en arbitrajes... ¿Esto es necesario?

Para seguir con mis dudas... el asesor de la federación ha dicho que el mínimo a retener a cada colegiado es de un 9%. ¿Esto es así? ¿Puede ser menos? ¿Puede ser mas?

A la espera de unas contestaciones que nos saquen de este mar de dudas.

Un cordial saludo.
20/09/2013 17:11
buenas tardes, mi consulta es la siguiente:

que porcentaje de IRPF es de aplicacion a una pension de jubilacion de 31.920 euros al año para un pensionista con una minusvalia del 33 %. Muchas gracias.
20/09/2013 20:00
Con situación familiar 1: 16%
Con situación familiar 2: 18%
Con situación familiar 3: 18%
24/09/2013 14:42
Hola!

Alguien puede contestarme o remitirme a alguien que pueda responderme a la duda que planteaba al inicio de este tema en el foro?

Gracias!!!
28/09/2013 10:26
Cada uno de vosotros debe entregar un modelo 145 a vuestro pagador, en este caso la Federación, para indicarle la situación personal y familiar y función de vuestra situación personal y familiar os corresponderá un tipo u otro de retención. Puedes consultar los art. 83 a 86 del Reglamento del IRPF (aprobado por RD 439/2007), pero la verdad es que no es sencillo. Básicamente para las retribuciones que dices, la retención es la que te ha puesto Juan S.

Un saludo