A ver si me podéis aclarar esta duda que tengo. Dispongo de una vivienda libre, pero comprada de tal manera que tengo en las escrituras una cláusula diciendo que en 15 años no puedo vender la vivienda (todo el tema ese del tanteo y retracto......) pero la vivienda es libre.
Además, en la última página de las escrituras hay una nota del notario diciendo que no ha inscrito dicha cláusula (entiendo que en el registro) por X razones.
LAs escrituras son como las de una vivienda libre, pero añadiendo esa clausula.
Y mi pregunta es ¿si esta cláusula no está inscrita en el registro, podría vender a vivienda? ¿que tiene más importancia, las escrituras o lo que esté en el registro?
de momento no tengo intención de venderla pero quien sabe...
Bueno, pues a ver si me podéis echar una manita con vuestra opinión. Por cierto, no sabía donde meter la pregunta ya que esto no es un VPO, pero bueno, en algún lado lo tenía que meter.
Es extraño que la escritura de compraventa de una vivienda libre, se haya puesto dicha clausula.
Deberá ser el propio notario, el que le aclare esa condición.