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Consulta procedimiento sancionador de tráfico.

1 Comentarios
 
29/10/2015 09:57
No es "imputado", sino "infractor" o "sancionado". Te pego el artículo 12.1 del Real Decreto 320/1994, de 25 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de procedimiento sancionador en materia de tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial:
Artículo 12. Instrucción del procedimiento.

1. Los órganos competentes de las Jefaturas de la Dirección General de Tráfico y de los Ayuntamientos serán los instructores del expediente y deberán notificar las denuncias, si no se hubiere hecho por el denunciante, al presunto infractor, concediéndole un plazo de quince días para que alegue cuanto considere conveniente a su defensa y proponga las pruebas que estime oportunas.
Consulta procedimiento sancionador de tráfico.
28/10/2015 20:32
A quien pueda responderme:
En un procedimiento sancionador de tráfico se da traslado al imputado para que presente el pliego de descargo en plazo de 10 días. Recibido éste, el conductor considera q el mejor derecho de su defensa es presentar pruebas documentales y declaraciones de testigos del accidente.
¿En q momento procesal del expediente sancionador se pueden presentar esas pruebas y testigos?
¿que otras pruebas podrían articularse en un procedimiento sancionador de tráfico?