Si no hay un acuerdo sobre la tutela, entonces el juez citará a los familiares más próximos, lo cual también hará en el caso de que haya oposición a la modificación de la capacidad por parte de sus hermanos. Es decir, en un contexto contencioso es plausible que el juez tenga que citar a todos los familiares próximos, en este caso los hijos.
Entendía que al ser uno de los hijos, mejor dicho, que nos iban a llamar a todos lo hijos para preguntarnos si alguno quería ser tutor o una fundación.
Lo que usted pide no es posible porque no existen juicios a la carta,-y menos montados de una forma u otra según se lleven entre sí los contendientes-, pero no es necesario que vaya. Si está representado por abogado y procurador, y teniendo en cuenta que esta clase de juicios es decisivo el examen pericial de la persona objeto de modificación de capacidad y no los testigos, puede usted evitarse el mal trago. En algunos casos hay interrogatorios que solo puede contestar el demandado y que, si falta, tiene consecuencias. Pero este dista mucho de ser el caso, y puede usted faltar al acto de la vista sin problema ninguno (caso de que haya vista).
uno de mis hermanos, de acuerdo conmigo y aconsejados por los servicios sociales, ha presentado una demanda para incapacitar a mi madre que tiene un trastorno de personalidad además de deterioro de salud. Hay dos hermanos más con los que no me llevo bien y no quieren incapacitarla porque obtienen beneficio económico a cambio de la ruina de mi madre que no está pagando sus obligaciones como las cuotas de comunidad.
Entiendo que el juez nos llamará a todos los hijos en un momento del proceso. Yo no quiero encontrarme con estos dos hermanos que están continuamente insultándome a mi o a mi familia.
¿Es posible indicar al juez en su momento, que me permita personarme sin mis hermanos presentes?