Un abogado pretende cobrarnos 400 eur por realizar un propuesta sobre una negociación que asciende a unos 14000 eur.
Esta dentro de lo razonable?
Gracias por responder
Barato lo veo yo. En mi baremo para la transaccion extrajudicial antes de entablar acciones legales (que parece que es tu caso) se indica al menos el 1% (1.400€)
Gracias, la verdad es que es la primera vez que trato con abogados, entonces lo de redactar una carta y que te cobren eso, pues no se hasta que punto es correcto.
Por eso agradecería cualquier consejo.
Gracias
Cierto. Es el 10%. A ver si llegan las 5 y me voy, porque hoy no rindo. Se me estan derritiendo los sesos.
Los abogados no mandan cartas. Ojala nos pagasen por mandar cartas! Como churros las iba a mandar yo!
Es lo que dice la carta por lo que te cobran, y sobre todo por como lo dice. Que sea carta, llamada de telefono, reunion, etc. es lo de menos.
Si es transaccion extrajudicial antes de demanda, en el baremo de los abogados hay unos porcentajes sobre la cuantia de lo negociado. Salen unos 1.400€ que en este caso es el 10% (segun va subiendo la cuantia va bajando el porcentaje).
Lo que quiero hacer es mandarle una propuesta a mi anterior pareja con una cuantía cerca de los 14000, para quedarme con el préstamo, yo he redactado la propuesta y el la verificara adecuadamente para mandársela y ver si podemos llegar a un acuerdo, ese seria su actuación.
Solo pregunto si es una cantidad adecuada... La que el me pide.
Gracias por vuetra ayuda.
Mi consulta es parecida:
Tuve un proceso civil (tema de propiedad horizontal) en primera instancia, no se hizo expresa condena en costas, el caso siguio enapelacion, AP y en casacion TS, el TS al no resolver a mi favor me condena a las costas.
El tema fue por denunciar obras en elementos comunes, la cuantia de estas obras ascendia a unos 17.000€
La pregunta concreta es, cuanto me puede cobrar por el concepto de costas el abogado contrario por la apelacion ante la AP y casacion ante el TS?
Supongo que en base a los 17.000€ o no?
Gracias
Para alcanta:
Usted dice "los abogados no mandan cartas".
No se como llamaría usted, a un escrito recibido, enviado por un abogado en nombre de su cliente, enviado a otra persona (requerido).
Quiere decir que su trabajo no es mandar cartas. Su trabajo es saber qué poner en esas cartas, cómo actuar al recibirlas, cómo mandarlas, saber muuuchas más cosas... por mandar cartas no cobran, cobran por el contenido de esas cartas.
Vamos a ver, si he leído y he entendido bien, Vd. ha redactado la misiva con la propuesta para su ex, y mi pregunta es ¿ Si el Abogado no ha corregido ni va a añadir nada al respecto de lo que Vd. ha redactado , no acabo de entender por qué recurre en este caso en particular a un Abogado, enviéselo Vd. por burofax,. Ahora bien si ha acudido al despacho de un Profesional del Derecho solicitando su asesoramiento, tendrá Vd. que pagarle por los servicios prestados.....es mi humilde opinión....
Porque si fuera en Madrid, conozco varios abogados que tal vez pudieran hacerle esa gestión por menos pero en Valencia conozco a algún abogado pero que para nada puedo recomendar.
El Abogado debe valorar su trabajo y cobrar en conciencia, y en cualquier caso consultar los Honorarios recomendados de su Colegio. Por lo que consulta Lostix, en Madrid Criterio 10, se recomienda 480 € a los que habria que sumar la actualización del IPC desde 2001 al año anterior al de la actuación, en este caso supongo que 2011. 400 € no me parece una exageración. Esto me recuerda la historieta del mecanino que arregla un coche que no arranca tan solo apretando una tuerca y cobra 1000 €, por apretarla cobro 1 €, por saber cual, 999 €. En fin lo de siempre.
Buenas tardes. En un procedimiento de división de cosa común para dos inmuebles valorados en 300.000 y 100.000 euros, mi abogado me pidió 10.000 euros de provisión de fondos al inicio. Nunca hablamos de cantidad y ahora tras dictarse sentencia me pide 20.000 euros más y 5.000 por ejecutar la sentencia. Yo alucino,....nunca. Hablo de cifras y ahora me reclama eso...la localidad es madrid. Algún consejo? Gracias
Lo primero de todo indicarle que debió firmar una hoja de encargo en la que se pactase el precio.
En segundo lugar si ha habido condena en costas para la parte contraria (que no lo indica en su relato), el abogado (salvo pacto en contrario) debe ejecutar la sentencia y obtener el pago que ahora le reclama a usted de la parte contraria y devolviéndole a usted todo lo que le haya pagado hasta el momento.
Por las cantidades que indica que puedo ir adelantando que su abogado le esta cobrando en función de lo establecido por el colegio de abogados de Madrid (según la escala porque no hay un criterio especifico para la división de cosa común, o al menos yo no lo veo), por lo que deberá abonar la cantidad que le indican salvo que hayan condenado a la parte contraria (en cuyo caso aunque pague ahora el abogado debería ir devolviéndoselo cuando recupere todo lo que le reclama a la otra parte).
Puede impugnar dichas cantidades informándose en el colegio de abogados de Madrid (Calle Serrano nº 11), de cualquier forma son las cantidades que indica el colegio y no creo que le den la razón, por lo que compruebe si hay condena en costas a la parte contraria en la sentencia (cruce los dedos para que sea así) y si es así le ira devolviendo las cantidades pagadas o se lo devolverá según vaya consiguiendo embargar al condenado en costas.
Me ha faltado que según el Colegio de Abogados de Madrid en función de la escala la cuantía por el procedimiento con unos inmuebles de ese valor es 33.140 € IVA, la ejecución habría que ver que cantidad exacta ha reclamado en o reclamara en ejecución, pero si solo le reclama su abogado 30.000 € (en total) es menos de lo estipulado por el ICAM y deberá abonarselo al estar dentro de los limites.
Salvo opinión contraria de alguno de mis compañeros.
Muchas gracias. No han condenado a la otra parte a costas. La ejecución me la reclama aparte y desde luego el no ir informando al cliente de una cantidad como está no me parece normal. Gracias