Hola amigos me presento me llamo Andres.
Hace cosa de un mes vi el tv una noticia relacionada con que la aseguradora de la constructora tenia que hacerse cargo de la cantidad de dinero entregada por los compradores de los piso.
Pero estoy buscando por internet y no veo la noticia por ningun lado me podeis ayudar. gracias
No conozco la noticia pero si el comprador tiene el seguro individual lo podrá reclamar a la aseguradora. Aunque puede que la quiebra de la constructora no sea suficiente para el pago inmediato.
Satanete ¿y que pasa cuando la empresa no tiene bienes? posiblemente porque ha hecho un alzamiento de bienes porque no me creo que de 5 ctas todas esten a 0 y los bienes estan con cargas y la sentencia es firme y el promotor incumple no paga.
Lo lógico en una promotora es que todos los bienes tengan cargas, pero eso no significa insolvencia, también es lógico, que dado lo poco que se vende las cuentas estén a cero, lo que no significa alzamiento ¿la empresa sigue abierta? ¿ha presentado concurso?, dependerá para ver la manera de cobrar.
Satanete eso supongo que quien lo debe de saber hacer es el abogado y este no se mueve para nada.No ha presentado ningun concurso de acreedores. Qu me aconsejas. Mi abogado no me dicie nada.
Es mas los pocos bienes que la procuradora encontro en el juzgado, tuve yo que ir a pedir las notas simples para ver si existian cargas. Y el abogado dijo que todo se lo quedaba el banco. Las 3 cuentas que existian a 0
Me das pocos datos. Es cierto que, de entrar en concurso, el único que cobra es el banco. lo mejor en que no entre y darle algo de vida a la constructora, para cobrar tu depende mucho de la situación.
¿Están construidos los pisos?
¿si lo están, por qué pides la devolución?
¿si no lo están, la construcción continúa?
¿En qué comunidad autónoma está la construcción?
¿Son pisos de renta libre o de VPO?
Dependiendo de lo anterior tu forma de actuar para garantizarte tu cobro (o al menos tener más posibilidades de cobrar) variará. Responde y te oriento.
Satanete. Se pide la resolucion del contrato por falta de cedula d habitabilidad . Las casas estan construidas pero no hay cedula despues de 7 años. El juez en 1 instancia resuelve el contrato pero no me devuelve los 34ooo euros que yo habia entregado A cuenta Por que las cantidades las habia entregado al promotor y el me hacia contratos nuevos restando las cantidades entregadas a Cta. El abogado presenta nueva demanda en La Audiencia provincial y este le da la razon en parte no se porque me devuelve solo los 21 000 euros. Hasta ahora no se me ha devuelto nada La empresa no ha entrado en concurso , la procuradora le ha averiguado los bienes. Y solo estan las casas que se las queda el banco, un piso embargado por el banco, y tres cuentas de bancos a 0 . Mi abogado tan solo dice que no hay bienes y ya esta.
Satanete estuve previamente con una abogada , que precisamente le daba miedo ir por civil porque tenia miedo que al no tener aval bancario pudiese perder el caso . Decidio ir por la via penal puesto que decia que eso era una estafa. Y interpuso dos veces la demanda por penal y en ninguna de las dos veces se la admitieron a tramite. Por ello decidi consultar con nuevo abogado y este decidio por demandar por civil. Decia que jamas admitirian esta demanda por penal. Gracias satanete que mas me puedes decir