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construcción en terreno ajeno

25 Comentarios
Viendo 21 - 25 de 25 comentarios
17/12/2004 19:10
Tienes razón canosarq, espero aceptes mis disculpas.
17/12/2004 19:16
¡Que pena ponerse así¡ En fin...Sólo quería añadir que si se trata de Cataluña el problema en cuestión se regula por la Ley 25/2001, de 31 de diciembre, de accesión y ocupación (DOGC, núm. 3556, de 18-01-2002.


17/12/2004 21:16
Mensaje eliminado por incumplir las normas de participación en los foros de PorticoLegal.com.
18/12/2004 22:29
Estimado Máximo:
Aparte de tu corrección ortográfica y de no entender que cuando le hago ver a Cobra su falta de corrección en sus respuestas queda "presupuesto" que no debe "él" confundir Turpin con "torpe", (cuestión ya entendida por todos -yo incluido- y debídamente aclarada por el Administrador) y dado que tu intervención en este foro se limita a esto, te hago la siguiente pregunta:
¿TIENES ALGO QUE APORTAR AL TEMA PLANTEADO?
¿O únicamente te limitas a tu respuesta?
Fdo.: Canosarq alias "el panoli"
Nota: Doy por zanjado el tema de las respuestas fuera de contexto (como las de Cobra y nuestro nuevo amigo Máximo)
19/12/2004 13:02
Para 7esencias:
¡La que has armado sin proponertelo!
21/12/2004 12:44
En primer lugar, agradecer vuestras respuestas, e intentos de darme una solución al problema que he planteado.
Y segundo, recriminar abiertamente a aquellos que no saben respetar la discrepancia en las ideas, siempre, y sobre todo en un foro en el que se pide simplemente que cada uno aporte lo que pueda y sepa respecto al problema planteado, en aras de buscar una solución lógica con la participación y el granito de arena de cada uno.
Por favor, seamos democraticos y respetemos la libertad de cada cual (...) gracias.

Para aclarar dudas, lo siguiente:

La promotora compró del que no era su legitimo dueño, que le vendio en nombre del titular alegando tenrer poder para ello, pero no lo tenía. Así la promotora pudo posteriormente inscribirlo ya que aparentemente lo compro a su verdadero dueño , lo cual no fue así, y aquel nunca se entero, ya que estaba tranquilamente, resiidiendo en el extranjero, y pensando que aquel terreno lo había vendido a otra persona en escritura privada que nunca llegó a registrarse, por lo que si lo pudo registrar la promotora.

Mi verdadera dudo es, que ocrre con los terceros de buena fe que han adquirido las viviendas. Ya se que contraellos no se puede ir y nada tienen que indemnizar, pero ¿respecto a ese terreno que ocupan sus viviendas, y de cuya venta se ha lucrado injustamente la promotora ¿que puden pedir y reivindicar como perjuicio y compensación los verdaderos titulares del terreno. Porque suponermos que finalmente la justicia les da la razón, declara nula la compraventa, hay construcción enterreno ajeno, ¿que recureraran los verdaderon dueños del terreno? ¿soloamente su valor? ¿algo más? ¿como cuantificar una indemniozación por daños y perjuicios, en base a que? ¿respecto al valor del terreno, cual sería el actual o el que tubiera cuando se venció? ¿que pasa con los 10.000.000 ptas por los que el supuesto apoderado-vendedor vendió el terreno?

Espero que mis aclaraciones os sirvan para ajustar mejor la solución y dar respuesta a mis nuevas preguntas.
Agradecida,un saludo y ¡FELIZ NAVIDAD!