Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

construccion en suelo rustico no urbanizable

4 Comentarios
 
Construccion en suelo rustico no urbanizable
15/02/2007 19:08
alguien me podria responder, yo tengo una finca a las afueras de un pueblo 3 km exactamente, es suelo rustico no urbanizable, tiene una casa de unos 22 años, la finca mide unos 2000 m2 y yo he cambiado la puerta de entrada poniendo un tejadillo y alambrada nueva, al ser rustico no pedi licencia por que no me la iban a dar, y ahora la policia me la pide, que sancion podrian ponerme por ello.puntualizar que hay unas 15 o 20 casitas al rededor con la misma antiguedad.
16/02/2007 09:28
sí en algunos aytos te pueden dan licencia para obras para mantenimiento necesario, siempre que no suponga amplaición de superficie construida.
intenta resolverlo en el ayto.
16/02/2007 10:36
Para vallar una finca rústica y para hacer obras de mantenimiento y conservación de tu casa si te den permiso, No te lo darian para ampliar la superficie edificada. Creo que tus obras pudieran ser legalizables, es decir que puedes pedir licencia con toda la documentación que el Ayuntamiento de pida.
16/02/2007 11:39
en primer lugar gracias por vuestra ayuda, tendre que consultar en el ayto pero los unicos papeles que puedo aportar son los del catastro y el registro pero de las construciones no existe ningun documento, lo que si se puede ver es que es mantenimiento de valla por que la anterior se estaba callendo y lo que si se hizo fue un tejadillo a mayores en la puerte de entrada que es por el que pueden decir algo.
21/02/2007 00:01
al margen de que creo que no pasará nada con el tejadillo ... nada más que cubrir la solicitud de licencia y pagar la correspondiente tasa ... sería conveniente que de una vez hicieras la declaración de obra nueva, para lo que lo mejor es que te acerques a un notario, que te dará una relación de certificaciones a aportar

lo del cierre es otra cosa, y tendrás que pedir licencia si es algo más que una labor de mantenimiento periódico, si el valor de las obras es importante respecto al valor del cierre existente con anterioridad ... además de que la existencia de un cierre previo sólo te da derecho a conservarlo, pero no a hacer algo más sólido en su lugar si la normativa no lo permitiera como obra nueva