Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Construcción de plaza para personas con movilidad reducida no adaptada

1 Comentarios
 
Construcción de plaza para personas con movilidad reducida no adaptada
21/03/2024 12:50
Buenos días, escribo para consultar una duda. En mi urbanización se ha aprobado presumiblemente la adaptación de un área como plaza de movilidad reducida, la "razón" aducida ha sido que se encontraba cerca de un servicio de la urbanización (unas canastas, parque y piscinas). El problema es que esa plaza no está adaptada y sospecho no cumple con las medidas necesarias, además se sitúa en una cuesta pronunciadaz
por lo que no parece el sitio más adecuado pese a su cercanía. Los motivos han sido realmente personales, una familia aparca allí y tuvo un problema con otros propietarios, por ello buscan molestar, pero sobre el papel es una propuesta que queda bien por lo que probablemente se apruebe.

Mi pregunta es, ¿Es legítima la instalación de esta plaza? Especialmente cuando no lo ha pedido nadie que padezca de estas condiciones, está mal comunicada con el resto de la urbanización, y se han negado a habilitar otras plazas para hacer la urbanización realmente habitable para personas con estas condiciones tan adversas, por decir que cada casa tiene un parking privado. Ahora bien, hay otro servicio de la urbanización en la otra punta de la urbanización y tampoco han considerado conveniente colocar allí una plaza. También se han negado a la instalación de pasos peatonales o rampas. Aclaro que en la comunidad no hay nadie con estas condiciones, por lo que la motivación ha sido puramente la de molestar a otros propietarios. Además, el servicio publico al que se pretende acceder está abierto tan solo en verano, por lo que el resto del año esa plaza no tendría sentido, está al final de la urbanización y muy mal comunicado, por lo que nadie la ocuparía el resto del año ni a partir de unas ciertas horas.

Ahora bien, ¿puede realmente ponerse una plaza de esta clase en un lugar sin las medidas adecuadas?, y ,yendo más allá, ¿le compete a una junta vecinal el establecimiento de estas plazas, especialmente cuando no ha habido unanimidad? Finalmente, me gustaría realmente hacer la urbanización más accesible, ¿se podría exigir la adición de rampas, pasos de cebra, y plazas en lugares habilitados y colocados estratégicamente?

Un saludo y muchas gracias de antemano.
22/03/2024 18:39
A mí me gustaría dar una respuesta lo más ajustada a derecho sobre la cuestión, pero me temo que no va a ser posible.

Considero que para estos casos, si no existe un requerimiento legal de autoridad administrativa competente, creo que debe estarse al régimen libremente aceptado por la propiedad, es decir, el establecido en los ESTATUTOS.