La constitución ya prevé que determinados derechos que la misma reconoce sólo se pueda demandar su cumplimiento ante los tribunales y frente a las Administraciones Públicas, en la medida que esos derechos que la Constitución reconoce, sean regulados por las leyes ordinarias, ello para evitar condenas de imposible cumplimiento, y el de la vivienda digna es uno de ellos. Lo que si es posible demandar son los derechos que se derivan de las leyes ordinarias que desarrollan, por ejemplo se puede demandar el derecho a que el planeamiento urbanístico de la ciudad garantice el la previsión de patrimonio publico del suelo con destino a vivienda protegida, que la ley ordinaria establece. E incluso, sería posible recurrir normas que contraviniésen directamente ese derecho recogido en la C.E. (por ejemplo una norma que previese el otorgammiento de VPO a gente que ya tuviese una vivienda en perjuicio de gente que no tuviese posibilidad de acceso, esto que digo es solo un ejemplo, no te lo tomes al pie de la letra). Hay derechos que antes se consideraban irreales y que ahora resultan irrenunciables para los poderes públicos, como el derecho al acceso a un sistema de salud universal (incluso los estatutos de autonomía que se han metido también a reconocer derechos básicos hablan de un sistema PÚBLICO universal de sanidad, para evitar privatizaciones, con lo que sería posible demandar, según alguna opinión, por los ciudadanos el derecho que el Statuto de Autonomía reconoce), o sea que no creas que en algún momento se pudiera llegar a considerar un derecho de directa aplicación, tiempo al tiempo. Es un tema interesante. De todas maneras lo mejor para tener derecho a vivienda es que nadie pagásemos lo que piden, ley de oferta y demanda. Y el razonamiento de que la construcción mueve la economía es un argumento digno de un mafioso de chicago en los años 20.
Y quién te dice que el Estado no está cumpliendo con esta directiva Constitucional? Lo dices o interpretas tu mismo, porque no tienes vivienda propia/alquilada ni la posibilidad de acceder a ello.
Este artículo no significa que el Estado deba proveer de vivienda y alojamiento a todos los Españoles necesitados y que lo soliciten, sencillamente eso es IMPOSIBLE, sinó que debe/deberia promover acciones (pisos protección oficial, subvenciones o ayudas a los más necesitados de vivienda, promoción pública etc, etc) ya se hace de cierta manera, aunque se podria hacer mucho mas, desde luego, pero no podemos dar vivienda a todo Dios que lo solicite, es de sentido común.
Lo que preguntas no es una chorrada, pero hacer algo al respecto si lo seria, porque demandar al Estado por incumplimiento de este precepto constitucional no es viable en ningún lado ni vas a conseguir nada más que pagar honorarios hasta que seas un jubilado, y aún así no habrás conseguido NADA.
Hola, soy un chico muy joven que mira asustado al situación del país.
EL caso y es que me surge una duda. Según el art. 47 de la constitución de 1978
"Todos los españoles tienen derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada. Los poderes públicos promoverán las condiciones necesarias y establecerán las normas pertinentes para hacer efectivo este derecho, regulando la utilización del suelo de acuerdo con el interés general para impedir la especulación.
La comunidad participará en las plusvalías que genere la acción urbanística de los entes públicos"
¿Existe la posibilidad de demandar a los poderes públicos por no estar cumpliendo la promoción de las condiciones necesarias para que todos los españoles tenga acceso a ese derecho constitucional?
Imagino que es una chorrada lo que me pregunto, pero tengo esa duda, si alguien me pudiese aclarar algo se lo agradeceria.