Hola: somos dos socios que vamos a constituir una scp de carácter mercantil. A partir del 1 de Enero de este año tributan en el I. Sociedades, pero no sabemos si para cobrar nuestros salarios podemos tener nómina de la empresa o bien es como hasta ahora, que se cobraba como dividendos. Si alguien nos puede aclarar esta duda, se lo agradecería. Gracias.