Queremos formar una sociedad para la explotación de una licencia de taxi y queríamos saber si es posible constituir una scp. Nuestras dudas son las siguientes:
1. Según el artículo 16 del Reglamento del Taxi en Barcelona, titular de la licencia puede ser persona física o bien persona jurídica en forma de sociedad mercantil. La SCP no es sociedad mercantil, pero creemos que el tratamiento que se le da es de persona física siempre y cuando sus pactos no se hagan públicos sino que sean privados. ¿Si se considera persona física podría entonces la SCP ser titular de la licencia?
2. En función de la respuesta anterior. Si la SCP no puede ser titular de la licencia por no considerarse persona física, la licencia podria transmitirse a nombre del titular de la credencial (que es uno de los tres socios). Siguiendo con esta hipótesis, ¿sería posible constituir de igual modo la SCP para compartir obligaciones y gastos y repartir beneficios todo a partes iguales? los tres socios, que creemos que deben ser atuónomos, aportarían bienes: licencia, coche, etc.. pero no aportarían trabajo.
3. Se contratarían dos asalariados para desempeñar la actividad.
4. La pregunta final es si los costes de la actividad (asalariados, impuestos, gastos de la actividad, amortización bienes, etc...) y beneficios podrian repercutirse en la declaración del IRPF de los tres socios autónomos en tres partes iguales.