La Constitución es de 1978 y el Código Civil de 1889, por lo que no aparece expresamente mencionada. Para el Código Civil, lo que está en la cúspide de la pirámide normativa es la "ley", en general; y desde luego la Constitución es una ley. El Código Civil hace una reserva en favor de las leyes que tratan contenidos específicos (como arrendamientos urbanos), y se reserva una posición complementaria con respecto a estos.
La correcta es la d), porque ley se usa con una idea semántica sin referencia a una jerarquía entre leyes en el Código Civil. Se habla de "ley" refiriéndose a "toda norma que emana del poder legislativo" exactamente igual que si dices "niño" te refieres a "todos los niños". De ahí que la Constitución, como tal, no tenga cabida, pues ya está englobada en el concepto general de "ley".