La diferencia estriba en que en la CB respondes con todo tu capital y en la SL esa responsabilidad se limita al capital social. Tendrás ventajas en la CB en lo relativo a las declaraciones fiscales y no tendrás que depositar cuentas en el Registro Mercantil. Sin embargo al tratarse de una sociedad profesional deberás constituirla mediante escritura pública e inscribirla en el Registro Mercantil aunque se trate de una sociedad civil o CB. también debes registrarla en el Colegio Profesional correspondiente.
En las escrituras podrás establecer lo que consideres conveniente siempre y cuando no sea contrario a lo establecido en la legislación correspondiente. Puedes fijar como se perciben los honorarios sin problemas. Los beneficios, si el contrato social o los estatutos, no prevén otra cosa, se imputan a los sociaon en proporción a su partcicipación en el capital.
Tengo que crear una empresa de profesionales, del ramo de médicina, con una inversión en inmueble de 400.000€ y mobiliario y equipos médicos 100.000€, los porcentajes que participan son 51%-39%-10%, y el del 51%, es el que aporta la mayoría de los clientes; digo esto porque sería el que más tendria que cobrar.
Mi duda es si crear una C.B o una S.L de profesionales?
Puedo establecer como se van a percibir los honorarios en escritura?