"En la constitución del comité intercentros se guardará la proporcionalidad de los sindicatos según los resultados electorales considerados globalmente".
¿El resultado electoral es por numero de representantes o por número de votos?
A ver si te sirve éste ejemplo práctico: Celebradas elecciones sindicales en los distintos centros de trabajo de una empresa un sindicato obtiene 569 votos y 40 representantes, de los que 18 son delegados de personal correspondientes a centros de menos de 50 trabajadores y 22 son miembros de comités de empresa. Otro sindicato que solamente ha conseguido representación en los comités de empresa ha obtenido 474 votos que le han supuesto 22 representantes. Pues bien. Si se atendiera al número de votos para decidir la composición de un comité intercentros de 13 vocales, resultaría que el sindicato que ha obtenido 569 votos tendría 7 miembros y el que ha recibido 474 votos tendría 6. pero como lo decisivo no es el número de votos sino el de representantes conseguidos, resultará que el sindicato que cuenta con 40 representantes le corresponderán 8 vocales, mientras que el que tiene 22 representantes tendrá 5 vocales, tesis ésta que ha sido confirmada por los tribunales en numerosas ocasiones.
En caso de que no te haya resuelto la duda, podría hacer una consulta convencional cuando disponga de algo de tiempo, pero que vamos que si de algo saben y bien los sindicatos son precisamente de estos temas, por lo que podrías probar de preguntar a la central sindical en la que estés o pertenezcas.