Lo que deberian hacer es no aportar el despacho a la nuena sociedad, sino arrendarselo a ella con lo cual no daria lugar a incremento de patrimonio y si a una renta mensual para los propietarios de dicho inmueble, y el consiguiente gasto para la sociedad. Adelante
Somos un despacho de arquitectos en régimen de estimación directa en el IRPF,estamos interesados en constituir una sociedad a la que aportaríamos el despa
cho profesional para continuar nuestra actividad.Nos han informado que la aportación del inmueble nos generaría un incremento de patrimonio.¿Existe alguna opción legal para constituir la sociedad sin devengar impuestos?