Hace 3 años tuve un pequeño siniestro de automovil en el extranjero, total, un piloto roto y nada mas, el otro vehiculo tuvo algo mas daños pero nada importante y por supuesto podia circular sin problema.
El caso es que tras 3 años me encuentro con un juicio monitorio del consorcio de compensacion de seguros reclamandome una cantidad muy alta para los daños que hubo, al parecer la aseguradora no se hizo responsable alegando que el seguro se hizo despues del siniestro y que yo no tenia la ITV pasada.
Es cierto que el siniestro fue el mismo dia pero yo hize el seguro antes de ocurrir el siniestro, en ningun momento nadie se ha dirigido a mi por ningun medio , la aseguradora no me comunico que no aceptaba el siniestro y el consorcio por lo visto me mando un burofax en verano cuando yo no estaba en casa.
La cantidad que el consorcio ha pagado al contrario es surrealista ya que como digo no fueron mas que daños cosmeticos en el vehiculo, al parecer el taller al ver que no se hacia reponsable el seguro ha hecho una factura totalmente irreal, como demuestran las fotos hechas a los dos vehiculos y que el consorcio ha aportado.
Mi abogado dice que podemos ganar, se ha opuesto al monitorio y se ha señalada un juicio verbal, tengo alguna posibilidad contra el abogado del consorcio ? que es del estado por supuesto.
Puedo alegar que efectivamente el seguro se hizo antes del siniestro como puede demostrar la grab acion de la llamada o el hecho de no tener la ITV ME HACE TEneR TODO PERDIDO ?
Puedo al menos alegar pagar menos ya que es evidente el engaño en la factura aumentando artificialmente el coste de la reparacion ?
Podria pedir que la aseguradora al menos me devuelva el importe de la prima ya que no se han responsabilizado del vehiculo en un año ?
Con lo relatado es mejor antes de que se celebre el juicio llegar a un acuerdo con el consorcio para el pago fraccionado de la cantidad ?
Es la primera vez que me pasa algo asi y no tengo ni idea que hacer, veo a mi abogado muy optimista y no quiero tener aun mas problemas
Confíe en su abogado. Ser optimista es una gran cosa en esta profesión. Dígale que aunque le están intentando colocar la llamada acción de regreso, en realidad es una de daños ya prescrita (un año).
Quería preguntar si dada mi situación lleno de deudas me podría acoger a la ley de segunda oportunidad , tengo custodia completa de mi hijo menor de edad con el que convivo en mi vivienda habitual.
Voy a pedir certificado en Cáritas y servicios sociales acreditando mi situación, la idea es que si fallan en mi contra al menos pueda pagar poco a poco o retrasen el pago.
Los presento antes del juicio, durante la vista o solo si fallan en mi contra. ?
La idea es que no me embarguen el piso donde vivo con mi hijo ya que no dispongo de los 4500 eur que me piden.
Gracias de nuevo por la ayuda.