Estimados compañeros:
Un cliente me confió un tema sobre un impago a la comunidad de vecinos, le pedían más cantidad y la sentencia la desestimaron parcialmente, cada uno se pagaba sus costas , aun así el Juez se equivocó y hemos apelado; en nuestra preparación hicimos uso del art.449,6 LEC ya que no presentamos documentalmente la acreditación de haber pagado o consignado;nos dijeron que nos daban el plazo para la interposición ,pero no nos pidió el Juez la acreditación y nosotros 5 días antes de interponer el recurso la presentamos , si bien el medio que utilizamos fue un pagaré haciendo uso de l art.449,5 LEC ( cualquier otro medio que , a juicio del Tribunal , garantice la inmediata disponibilidad ---- este pagaré cumple ese requisito sin ningún problema ) , entonces el Juez nos dijo que se tenía que hacer la consigna en la cuenta del juzgado y no por pagaré ,presentamos recurso de reposición, después nos devolvió el pagaré diiendo que quedaba testimonio en autos , y después dictó 2 autos diciendo que no se admitía , y en otra providencia nos decía que teníamos que hacer consigna ,ya que no la habíamos hecho , a lo cual en recurso de reposición le contestamos que la consigna ya la habíamos hecho y que lo que cabe es presentar la acreditación de haber pagado ,pero que no cabe hacer consigna ni completar la consigna si no se hizo completa , y ello es así jurisprudencialmente; ha dictado providenciqa diciendo que queda desierto el recurso por no haber presentado consignación
¿cabe nulidad de actuaciones ?, pone recurso de reposición, pero ¿no sería recurso de queja y quiere equivocarme (la apelación va muy bien fundamentada y entiendo que no quierev que se la tiren en 2ª instancia? , ¿qué preceptos aplicaríais?
¿qué puedo hacer en esta situación , ya que el Tr.Const. permite con un carácter flexible la utilización de otros medios que no sea pago o consigna para favorecer los recursos por el principio pro actione?
El T.C. en sus sentencias de estos temas de consigna siempre se ha mantenido proclive al uso de otros medios para favorecer los recursos y eso era así con respecto a la LPL, por eso cuando se hizo la nueva LEC (la actual ) el legislador ha sido muy flexible y permite utilizar otros medios como es el aval o bien depositar valores y otros medios, pero normalmente la gente hace avales , pero también valen otros medios , ese Juez está desfasado y no se ha ajustado a la nueva ley
La verdad es que es un tema interesante , pero no se que responder , me faltan conocimientos para ésto . A ver si hay algun inteligente que sabe algo y nos resuelve la duda