os planteo mi caso:
se trata de un arrendamiento de local de negocio cuyo vencimiento es dentro de cuatro años. las condiciones del inmueble son tan deplorables que el arrendatario comunicó a la arrendadora su voluntad de rescindir el contrato el 15 de noviembre. la arrendadora lo aceptó pero no acudió a recoger las llaves ese día ni a hacer el inventario.
el día 16 de noviembre presentamos expediente de consignación de llaves en el juzgado en el que solicitamos se comunique a la arrendadora la consignacion y solicitud de formación de inventario a presencia judicial.
acaban de notificar al arrendatario providencia en la que, con carácter previo exigen que se acredite que previamente fue anunciada dicha consignación a la persona interesada e inadmiten el inventario porque "hay otros procedimientos extrajudiciales...".
me gustaría saber si, además del correspondiente Recurso de Reposicion, tengo alguna otra posibilidad, puesto que la idea era que no siguieran devengandose las rentas.
muchas gracias