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consignación cuota en juzgado

4 Comentarios
 
Consignación cuota en juzgado
11/11/2010 20:10
Hola a todos:
Quisiera saber si puedo hacer y como realizar el punto que seguidamente os expongo:
Quiero consignar en el Juzgado la cuota mensual de participación, para que no incremente la cuenta bancaria, y los que no pagan se aprovechen del Ascensor, de la Luz, de la Limpieza, del Portero etc
Pienso que haciéndolo así, no incurro en ser un moroso.
Me direís que se les puede reclamar a través de un Monitorio, pero para eso hay que tener voluntad de hacerlo, y en mi comunidad no existe, por eso no quiero que se aprovechen de los que realmente pagamos, y encima criticados por exigirles.
Gracias por anticipado por vuestras respuestas.

Un saludo
11/11/2010 21:04
Para poder consignar en el juzgado debe darse una de dos situaciones: Que no te "quieran" cobrar o que haya discrepancia en la cantidad a pagar. Me temo que en tu caso no se da ninguna de las dos.

Otra opcion es la consignacion notarial (acta de deposito) pero eso tiene un coste, cuando yo pregunte eran alrededor de 125€, por lo que para consignar cuotas y que te merezca la pena quizas debieras hacerlo con las de todo el año.

La opcion mas barata es hacer lo mismo que los otros que no pagan hasta que la situacion sea insostenible y reviente por algun sitio. Si no retiran el voto a los morosos en la junta como en mi comunidad al final dejar de pagar no tiene mayores consecuencias (y si lo hacen, pagas solo cuando haya juntas). Desde que se acuerde reclamar la deuda y se inicie el monitorio tendrias tiempo para pagar y que se paralizase el proceso. No es una situacion agradable ni recomendable pero "A grandes males grandes remedios".

Salvo mejor opinion, saludos
11/11/2010 21:36
Si haces lo mismo que los otros te conveiertes en moroso. La solución sería un proceso monitorio, pero para poder hacerlo primero tienes que reclamar la deuda por escrito , tiene que acordarse en la junta de propietarios y comunicar esa decision como figura en la ley de propiedad horizontal art.9. A la cantidad que adeude esa persona puedes añadir la derivada de los gastos del requerimiento y si hay oposición al requerimiento, solicitar el embargo preventivo de los bienes, para hacer frente a la deuda, intereses y costas
11/11/2010 22:24
Como propietario que pagas, debes dirigir escrito (mejor varios propietarios) al Presidente de la Comunidad instandole a que convoque Junta General urgente para tratar el tema de los morosos y tomar acuerdo de llevarlos al juzgado. Indicales que no estás dispuestos a que esos morosos se beneficien de las cuotas que tu y otros pagan y que el presidente incurre en responsabilidad por no llevarlos a juicio. En el escrito indicale al Presidente un plazo para que convoque la Junta. Presenta el escrito por un medio que quede constancia, como escrito con copia firmado y sallado el recibí o burofax con acuse de recibo y certificación de contenido.
Si pese a ello, el Presidente se niega a convocar la Junta, podrás pasar a la opción que te indica chelinka, o sea suspende los pagos y convence de lo mismo a los otros otros que pagan.
La cuestión es que "reviente la cochina".
12/11/2010 17:02

Gracias por vuestro interés a todos.

Un saludo