como bien he leido eres d emadrid pues te infotmo si lo tienes en lso juzgados de plaza de castilla aproximadamente el año no te lo quita nadie para que haya sentecia y dia del lanzamiento , eso so el inquilino no es moroso pofesional entonces ya hablariamos de cais dos años .
Como probablemente sea insilvente te quedars sin cobrar nada , te costara un buen dinero el abogado mas procurador y dale gracias que no te destrozen la vivienda.
la proxima vez alquila el piso ya no solo con nominas ademas exige avales y el que no los tenga o nos los presente no hay piso asi de simple.
Yo aprendi la leccion pasando por lo mismo que has pasado tu y desde entonces solo alquilo asi, avalistas solidaros o aval bancario si no repito no hay piso .
te aseguro que con este metodo te quitas mucha morralla .
la justicia en este pais es tan lamentable como el propio pais en genneral en fin .
un saludo amiga y que se te haga cortita la espera qu eun año tarda enpasar y sobre todo cuiando no te pagan y ves como se rien de ti el inquilino yla justicia lamentable suerte
Hola neckyggg. Voy a responder a sus preguntas por orden de aparición:
1º)"cuánto tarda el proceso contando desde la presentación de la demanda hasta la ejecución del deshaucio por parte de fuerzas de orden público?"
Depende de la carga de trabajo que tenga el Juzgado en el que haya recaido el asunto. Por lo general puede ser entre 5 y 8 meses.
2º)" Cambia algo la modificación de la ley en el proceso de deshaucio?"
Para el proceso en Primera Instancia la respuesta es NEGATIVA. Sin embargo SÍ que con la nueva ley hay novedades para el supuesto de que su arrendatario sea condenado y decida INTERPONER Recurso de Apelación.
Gracias Verita, cuánto tarda el proceso contando desde la presentación de la demanda hasta la ejecución del deshaucio por parte de fuerzas de orden público?
Cambia algo la modificación de la ley en el proceso de deshaucio?
Gracias
eso no es acoso, a no ser que la llames constantemente, o la hayas amenazado, en fin, algo más fuerte, no una simple llamada. Yo lelvo muchos desahucios y te recomiendo que no la contactes, ten paciencia, en unos meses la tendrás fuera, por mucho que la llames no me va a pagar.
Saludos
www.abogadosgrande.es
Consideraciones para considerar acoso a inquilino en desahucio
el asunto es el siguiente: vivienda alquilada en Madrid, el inquilino no me paga desde hace 4 meses, debe 3500euros; hay ya presentada demanda de juicio verbal, previo burofax requiriendole de pago. ¿se considera acoso que el propietario llame a la inquilina al puesto de trabajo-hablando directamente con ella, sin coger primero otra compañera-una sola vez para recordarle que debe 3500euros y que tiene un proceso de deshaucio pendiente? esa información telefónica grabada por parte del inquilino tiene valor jurídico?
gracias,
David.