Voy a comprarme un ático que dispone de una terraza de la llamadas "terrazas a nivel", es decir, solo se puede acceder a la misma desde mi futura vivienda y esta a su vez es tejado de otros pisos. Os comento que en dicha terraza existen una serie de respiraderos (son como chimeneas), de los garajes, baños, etc. que entiendo si son comunes ya que dan servicio a todos los vecinos. Ante una pregunta mia el jefe de obra me comenta que la terraza sería de mi propiedad y no común. En la nota simple del registro, el edificio ya está acabado y en otros pisos ya hay gente viviendo, consta solo que el ático dispone de una terraza de 100 m² pero en ningún momento se indica que sea de uso privativo ni de otro tipo. Por otro lado según la cuota de comunidad que hay que pagar en ningún momento se tienen en cuenta los m² de la terraza, que según tengo entendido si fuese de uso privativo habría que tener en cuenta la mitad de los mismos como m² para calcular la cuota.
Mi pregunta es
¿ Esa terraza se puede considerar de uso privativo sobre mi futura vivienda o habría que considerarla a todos los efectos de uso común teniendo únicamente el propietario de la vivienda que le da acceso el uso y disfrute de la misma ?
Si se considera de uso común para mi futuro uso y disfrute me comentan que se puede instar al constructor que cuando se realice la escritura pública de dicho piso se indique expresamente este hecho en la misma para que así no haya problemas posteriores con la comunidad de vecinos ¿Es posible esto último?
Las terrazas azoteas como la que tu describes suelen ser siempre elemento comun ya que se trata del tejado y no se puede vender,pero le suelen atribuir el uso exclusivo a los aticos, esto quiere decir que es la comunidad la propietaria de la terraza, con lo cual si hubiese un desperfecto no atribuible a ti la comunidad lo ha de pagar,pero tu tienes el uso y disfrute de la misma,,,eso no quiere decir que tu tengas mas cuota ya que eso lo decide el constructor,y depende de su criterio, los metros,ubicación,etc,,a ti no te interesa que te pongan mas cuota porque entonces tendras que pagar mas dinero de comunidad y derramas.
Si que es muy importante que tanto en tu escritura como en la escritura de obra nueva de la finca y en los estatutos de comunidad conste bien clarito que la terraza es un anejo de tu atico y de uso exclusivo,,porque aunque en realidad sera solo de tu uso ya que solo tu puedes accedera ella es mejor que conste en los papeles para evitarte problemas con tus vecinos,,porque te aseguro que el tema de las terrazas genera muchas enividias y conflictos en las comunidades.
Yo en tu lugar me aseguraria con el constructor que cuando vaya al registro lo haga como te he dicho anteriormente para evitarte posibles disgustos,al fin y al cabo estas en tu derecho de exigir que en los documentos este bien especificado lo que te estan vendiendo.
Saludos