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Consejo para como resolver contrato de arrendamiento

2 Comentarios
 
Consejo para como resolver contrato de arrendamiento
21/02/2025 08:35
Buenos días,

Os expongo el caso explicado de la mejor forma posible

Se trata de un piso que es arrendado a la misma inquilina de avanzada edad desde hace más de 15 años el cual quiere recuperar el propietario y surgen los siguientes problemas:

PROBLEMATICA 1ª: Los contratos de arrendamiento se han hecho con unos modelos de papel timbrado que se vende en los estanco. Voy a partir de los dos últimos que son de los que dispongo

a) Contrato de 2016 (se puso contrato de temporada y en una clausula se establece que llegado el plazo no cabe tacita reconducción), finaliza el contrato y las partes no redactan nuevo contrato aunque sigue pagando la renta tal y como se pacto

b) Contrato de 2021 (no se especifica duración, ni si es de vivienda ni nada)

Respecto de este primer punto me surge la siguiente duda:

¿Consideráis que el contrato de 2016 se da por extinguido o se produce un nuevo contrato verbal al seguir pagando la renta?

¿Sería más correcto el contrato de 2021 y contar 5 años?

¿Cómo entendéis que deberíais dar por resuelto el contrato por expiración del plazo?

PROBLEMATICA 2ª: El techo de una parte de la vivienda se estaba cayendo y existía un gran riesgo de derrumbe, en ese momento la inquilina se encontraba fuera de la vivienda (desconozco el motivo), deja las llaves a la vicepresidenta para cualquier problema. El propietario tiene que entrar en la vivienda con albañiles para hacer las reparaciones y descubre que en ese piso se ejerce prostitución al encontrarse varios materiales sexuales y más cosas. (Desconozco con exactitud si la inquilina dio su consentimiento o no para que la propietaria entrara en la vivienda) aunque me parece que hay algunos whatsapp que dan a entender que si le permite entrar.

Tras ello la inquilina interpone denuncia por allanamiento y el Juzgado la ha admitido

Ante lo expuesto,

- ¿Veis viabilidad en resolver el contrato por realizar actividades molestas etc..? o bien por destinar la vivienda a un uso diferente (se supone que es de vivienda y ejerce una actividad)

- En cuanto al allanamiento, existe jurisprudencia al respecto?


Dicho todo eso, que consejo o que vía veis mejor para poder resolver el contrato y poder recuperar la vivienda

NOTAS: la inquilina estoy seguro que cumple requisitos de vulnerabilidad
21/02/2025 09:47
Con las reservas que supone no haber leído los dos contratos (ya sabe que los abogados trabajamos con documentos) y atendiendo a su relato, considero vigente el contrato de 2021 (¿día y mes ?) hasta el 2026.

Que no refleje si es de vivienda o no ni especifique duración es irrelevante; los elementos esenciales del contrato son sujetos, objeto y precio; identificado el inmueble arrendado, poco importa no poner el destino. En cuanto al plazo, rige el art. 9, 2 LAU:

"2. Se entenderán celebrados por un año los arrendamientos para los que no se haya estipulado plazo de duración o este sea indeterminado, sin perjuicio del derecho de prórroga anual para el arrendatario, en los términos resultantes del apartado anterior".

Este texto ya estaba redactado así antes de la reforma de la LAU de marzo del 19, así que es aplicable a su caso.

Para recuperar la vvienda ha de preavisar antes del fin del contrato y sus prórrogas obligatorias (art. 9 LAU) con cuatro meses al menos de antelación; eso es mejor que ponerse a discutir sobre si hay prostitución o no en el piso.

Sobre el allanamiento de morada, pregunte en el foro de derecho penal.
21/02/2025 11:39
Copio una respuesta de Leonjbr para esta misma consulta:

"1.- El contrato de 2021 “anula” lo que pudiera quedar el contrato de 2016. A los efectos de esta consulta podemos olvidarnos del contrato de 2016.

2.- En cuanto a la duración del contrato de 2021 habría que leerlo, pero si se ha escrito de modo “normal” el contrato durará hasta al menos 2026.

3.- No veo fácil resolver el contrato por actividades molestas, entre otras muchas cosas porque de lo que relata no veo que tenga pruebas suficientes para sostener su alegato e incluso si las tuviera, dudo que pudiera resolver el contrato por el desarrollo de dicha actividad.

4.- En cuanto al allanamiento hay toneladas de jurisprudencia sobre la que podrán informarle mejor en el foro de Derecho Penal de esta misma página web. Aparte de eso es imposible darle una opinión con fundamento porque el veredicto dependerá de 100.000 detalles que desconocemos.

5.- La forma más fácil para recuperar la vivienda es desahucio por expiración del plazo, pero si dice que es vulnerable no veo ahora mismo de qué forma podría terminar consiguiendo su piso."