"Las partes y cualquier persona que acredite un interés legítimo y directo tendrán derecho a obtener (...) copias simples de los escritos y documentos que consten en los autos, no declarados secretos ni reservados" (art. 234.2 LOPJ).
Debe dirigirse al órgano judicial. Por Internet creo que todavía no se puede (salvo abogados, procuradores y demás profesionales), porque la sede electrónica de la administración de justicia solamente acepta determinados tipos de documentos.
Si no necesita que figuren los nombres reales, podría ser que estuviera accesible en el buscador del CENDOJ (https://www.poderjudicial.es/search/indexAN.jsp). Pero, dependiendo del órgano y de la fecha que sea, es posible que no este disponible ahí.