Ok. Gracias porque tengo entendido que no se pueden atribuir valores por debajo de los catastrales no? me lo podrías confirmar y si es así decir en qué norma se regula? gracias.
Me gustaría que me informasen de las consecuencias que tiene el hecho de que en un cuaderno particional a un bien se le atribuya un valor por debajo del valor catastral. Gracias.