Hola farzumurti
Veo que estas puesto en estos temas cosa que me alegra pues tengo una duda
Y mi pregunta es
Puede sacar el Imserso unas plazas interinas a concurso público sin antes sacarlas a traslado o a reingreso
Pues hay unas compañeras que han entrado hace un año como interinas y ya han sacado sus plazas a examen y parece ser que esto no es legal
Si pudieras orientarme
Un saludo
En general, la presentación de una demanda contencioso-administrativa contra la puntuación del concurso no paraliza automáticamente el proceso selectivo.
La Ley de Procedimiento Administrativo Común (LPAC) establece que los recursos administrativos no suspenden la ejecución del acto impugnado, salvo que se solicite expresamente la suspensión y se acredite que la ejecución del acto podría causar perjuicios de difícil o imposible reparación.
En el caso de las oposiciones, la jurisprudencia ha establecido que la suspensión del proceso selectivo debe ser una medida excepcional que solo se concede en casos justificados.
El Tribunal podría admitir a trámite la solicitud de suspensión y, en ese caso, el proceso selectivo se paralizaría hasta que el Tribunal dicte sentencia.
Sin embargo, también es posible que el Tribunal rechace la solicitud de suspensión y el proceso selectivo continúe su curso.
El Tribunal valorará si los perjuicios que podría causar la ejecución del acto impugnado son de difícil o imposible reparación.
El interés público en que el proceso selectivo siga adelante: El Tribunal también valorará el interés público en que la plaza se cubra lo antes posible y que el servicio público correspondiente no se vea afectado.
En tu caso:
La Orden 469/2021 no establece expresamente si la presentación de una demanda suspende el proceso selectivo.
Por lo tanto, habrá que esperar a ver si algún participante interpone una demanda y, en ese caso, qué decisión toma el Tribunal sobre la suspensión del proceso.
Jurisprudencia del Tribunal Supremo sobre suspensión de actos administrativos: https://dialnet.unirioja.es/descarga/articulo/7792333.pdf
Consecuencias oposición demanda juzgado de lo social
Buenos días,
En una oposición concurso-oposición el tribunal ha publicado la puntuación del concurso. No hay plazo para reclamaciones. En la publicación explican:
Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer demanda en el plazo de 2 meses ante el Juzgado de lo Social de Madrid.
La oposición es Comunidad de Madrid orden 469/2021
Mi duda es: si algún participante interpone esa demanda, ¿qué sucede? ¿Se paraliza el proceso hasta resolver la demanda?
Gracias