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Consecuencias de la prórroga de un contrato, transcurridos 3 años.

4 Comentarios
 
Consecuencias de la prórroga de un contrato, transcurridos 3 años.
26/06/2018 10:52
Tengo un apartamento arrendado dese agosto 2015. En este momento que se acercan los tres años de duración y siguiendo las indicaciones del contrato (aviso con un mes de antelación) he contactado con mis inquilinos para saber si su intención es permanecer en el mismo. Su respuesta ha sido afirmativa y les he emplazado a hablar de las nuevas condiciones económicas. Mis preguntas: 1ª ¿Es necesario redactar otro contrato que recoja tales condiciones? 2ª Si la duración del nuevo contrato "de prórroga?" es de un año: ¿Tienen de nuevo los inquilinos derecho a decidir si permanecen en él otros tres años? ¿Tengo yo que mantenerme durante tres años con la subida del IPC? 3ª ¿Se puede pactar en la prórroga (para sucesivas prórrogas) un incremento diferente al marcado por el IPC? Muchas gracias.
26/06/2018 12:43
Conchalr
1.- No es necesario redactar nuevo contrato ni nuevas condiciones. Pueden seguir con lo que tienen ahora, PERO entonces no podrán alterar el régimen de subidas ni cuestiones análogas. Para poder cambiar necesitaría redactar un nuevo contrato.
2.- Si: en caso de nuevo contrato el plazo mínimo garantizado para el inquilino es de 3 años.
3.- Pueden pactar el régimen de subidas que estimen conveniente, el IPC o cualquier otro, o incluso uno que se inventen uds.
06/07/2018 02:08
leonjbr
Muchas gracias por su pronta respuesta. Finalmente voy a tener necesidad de redactar un nuevo contrato. ¿Existe alguna vía para poder contratar con ustedes este tipo de trabajos? Gracias de nuevo.
06/07/2018 09:33
Conchalr
Si por supuesto. Escríbame un mensaje al email y ya nos ponemos en marcha.
06/07/2018 13:12
Conchalr
También hay otra forma que es pinchar en mi perfil y en la pestaña de contacto puede ver mi número de teléfono.