Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Consecuencia impago multa penal

8 Comentarios
 
Consecuencia impago multa penal
09/06/2006 19:28
me han condenado al pago de multa en juicio de faltas 6 euros x 30 días una indemnizacion de 2.000 euros. No tengo dinero. Tengo 19 años y no trabajo. La multa la puedo pagar pero la indemnizacion de momento no. Que tengo que hacer para que me declare insolvente provisional? Tengo un amigo que dice que me obligan a pagarlo todo junto y sino puedo ingresar en la carcel. Es cierto??? Estoy realmente asustado. Si es así lo veo muy fuerte no? Gracias Aitor
09/06/2006 22:03
Yo te aconsejaría que, con certificado de inscripción en el INEM y documentación que pueda ayudar a objetivar tu situación patrimonial, fueras al juzgado y pidas hablar con el juez para explicarle la situación. Los órganos judiciales no son bancos, pero suelen dar alguna facilidad de pago (no es obligación tampoco).
Siempre será mejor esto que no cumplir y llevarse alguna futura sorpresa inesperada, como por ejemplo que los días multa se conviertan en días de porivación de libertad (cada 2 días multa, 1 de prisión). Además, tenga presente que el hecho de que no pueda pagar ahora no significa que se olviden de su deuda. Los deudores responden de sus obligaciones con sus bienes presentes y futuros.
Suerte
09/06/2006 22:47

Oye, y por qué no preguntas qué puedes hacer para que te declaren inocente, aunque también sea de forma provisional? Así no tendrías que pagar nada. Y si no puede ser, tampoco hay que preocuparse tanto por la cárcel, pues si fuera algo realmente malo no existiría.
10/06/2006 15:19
Si puedes apelar la sentencia, hazlo, aunque requieres abogado de oficio. Miestras está apelada no tendrás que hacer frente a la sanción.

Mientras tanto, prueba mediante escrito en forma y contenido adecuado, también con la atención del abogado de oficio pertinente, que o bien que puedas declararte insolvente, sin patrimonio o nómina alguna, o bien que fraccionen los pagos para facilitártelos.

No te preocupes tanto hombre!, que a la cárcel no irás, ya lo verás.

Un saludo, y sin miedo.

Por cierto, aprende de lo sucedido para que no vuelva a ocurrir.
12/06/2006 18:17
El Juzgado investigará si tienes bienes a tu nombre y si no encuentra nada, te declarará insolvente y quedarás sujeto a responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas, como han apuntado antes.
Tratándose de una falta podrás cumplir mediante la localización permanente, en tu propio domicilio (por ej. sábados y domingos) o lugar q acuerde el Juez.
Tb, y con tu consentimiento, podrás cumplir la pena mediante trabajos en beneficio de la comunidad, siempre q en tu municipio exista esa posibilidad.
Arts. 37,49,50 y 53 Código Penal
perfil Rus
12/06/2006 18:20
También puedes pedir el indulto. Ganarás tiempo.
13/06/2006 17:32
Gracias por contestarme - al segundo que tiene algun problema o esta amargado.
Yo quiero pagar, pero no tengo dinero, Se lo tengo que pedir a mis padres? Ademas el contrario obro de mala fe, sabia muy bien lo que hacia y lo preparo todo muy bien. Yo nunca me habia encontrado en una situación como esta y acudi al juzgado sin abogado, sin nada. Porque en verdad no paso nada, pero el fue con abogado a pedir "indemización", por un rasguño, pero yo tb tuve rasguños, pero no fui al medico para que me hiciera un certificado del rasguño y al cabo de 3 días ya no tenia nada. Me he dado cuenta que hay que ir con mucho cuidado, ya que hay gente que se dedica a esto a pedir indemnizaciones y esta vez me ha tocado a mi. He recurrido y me han deducido un poco la multa, pero la indeminizacion sigo sin poder pagarla. Realmente tengo miedo de que esta tonteria me lleve a la carcel. Pregunto: Puedo pagar la multa sólo? Y la indeminización, aunque se que la debo, pagarla cuando tenga ingresos o bienes. MuCHISIMAS GRACIAS
perfil Rus
13/06/2006 18:05
Ya te han dicho que el Juzgado se encargará de investigar tu patrimonio, y si no tienes bienes, te declararán insolvente. También tendrás detrás al abogado de la otra parte (¿os conocíais?), para solicitar que te embarguen el sueldo en el momento en que empieces a trabajar.
14/06/2006 10:23
No nos conociamos. No me importa que me embargen cuando puedan, entonces es que estare trabajando, lo que me preocupa es la responsabilidad personal de carcel por una falta.
Es obligatorio pagar 1º la indemnización antes que la multa.
Como se solicita el indulto???? Gracais