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Consecuencia de cargas urbanisticas

4 Comentarios
 
Consecuencia de cargas urbanisticas
21/08/2015 15:05
Buenas, necesitaría aclaración sobre un tema. Realice una compra de una vivienda con subrogación de hipoteca. Lleva desde 2013 sin poder inscribirse por que la finalización de obra no está inscrita. Hay una carga que consta en el registro de la propiedad de unos gastos de urbanizacion. Son del año 2007 y me dicen que estan caducados. Sin embargo me dicen que podrían ejecutarme un embargo a mi. Y nos recomiendan que inscribamos la vivienda como en construcción para evitar esto. Lo evitaría así realmente? Qué consecuencias hay de inscribirla en construcción?
Muchas gracias. Este es uno de los 1000 problemas q tengo con la casa por no asesorarme en su día.
21/08/2015 20:49
No quisiera equivocarme, pero yo diría que la escritura de declaración de obra nueva en construcción es como debe estar registrada en estos momentos la vivienda si pesa una hipoteca sobre ella. Si la obra está terminada y dispones del certificado de final de obra suscrito por los técnicos directores de la misma, deberías ir al notario para que autorizara la escritura de obra nueva terminada para su inscripción en el registro de la propiedad y solicitar del ayuntamiento la licencia de primera ocupación, sin la cual, no te autorizarán el enganche a los servicios públicos.

La carga urbanística, que afecta a la parcela, es posible que sus efectos hayan caducado por el transcurso de 7 años desde su inscripción, sin embargo sería conveniente instar a la administración urbanística actuante a la emisión de un documento por el que certifique la satisfacción de los saldos provisionales o definitivos derivados del proyecto de urbanización, de lo contrario, en mi opinión, todavía se te podría exigir el cumplimiento de la obligación personal de satisfacer los saldos pendientes de pago, como titular de la finca de resultado, durante el plazo de 15 años previsto en el artículo 1964 del Código Civil.

Por tanto, entiendo, la forma de constar inscrita la vivienda en el registro de la propiedad no debería afectar a la carga urbanística del suelo o viceversa.

De todos modos, tu notario debería asesorarte de cómo te conviene proceder.

22/08/2015 13:09
Primeramente muchas gracias por la respuesta. Sí.ahora la vivienda está en registro en construcción. No podemos inscribir nuestra compra porque no han inscrito el final de obra. Si que está la cédula de habitabilidad, suministros, Ibi, hipoteca....Llevamos aquí viviendo desde 2013 que la compramos. Pero no podemos inscribirla a nuestro nombre salvo que lo hagamos en construcción. Nos llevan prometiendo desde la compra que ya casi está todo... Y así hemos pasado dos años y dos más que llevaba porque el final de obra es de 2011. Esas cargas pensábamos que estaban saldadas, lo pone en nuestra escritura. Pero parece ser que no. Y pensaba q sí inscribíamos en construcción evitábamos que nos las pudieran reclamar a nosotros. Por lo q me dices no. Del notario no nos fiamos, nos engaño y nos sigue engañando. Afortunadamente eso no es lo habitual en el gremio pero hemos dado con uno que... Los abogados están de vacaciones todos y al insinuarme en el registro que la inscribiéramos en construcción para evitar esas cargas... Gracias nuevamente.
22/08/2015 19:40
Bueno, si tenéis el final de obra, ¿ cual es el problema para no hacer la escritura de obra nueva e inscribirla en el registro ?

Parece ser que las cargas urbanísticas están pendientes de saldar, no, debes asegurarte de la verdadera situación de las mismas, ¿ quién te dice que no han sido liquidadas ?
22/08/2015 23:12
Primeramente faltaba el seguro decenal, el libro de final de obra y un tema del nombre de las calles. Esto no nos lo dijeron, y en nuestra escritura pone que estaba pendiente de inscripción. Nosotros no leimos nada (me arrepiento cada día) y el notario no nos advirtió ni de esto ni de otras muchas barbaridades que firmamos aquel día, tampoco leyó la escritura el día de la firma.mActualmente lo que falta es que el final de obra no está firmado por el arquitecto y el seguro decenal está también sin firmar por ningún apoderado de la aseguradora. Hasta qué no este está escritura de final de obra inscrita no podremos inscribir la nuestra. Lo de que este pendiente esta carga nos lo dicen en el registro. Y lo pone efectivamente en la nota simple. En el ayuntamiento no hay nadie ahora de urbanismo que nos puedan confirmar nada. Nos han confirmado que aún deben Ibis atrasados (que también nos corresponderán a nosotros si no los pagan y la plusvalía de la venta que esa creó que sí que no nos la pueden hacer pagar a nosotros). En caso que se deban no hay forma de evitar que nos lo reclamen a nosotros? Gracias de antemano.