ho me han notificado una sentencia en un ordinario, donde no se da contestacion a una de las cuestiones planteadas en la cotestacion a la demanda, a saber.:una aseguradora pago a su ocupnate el importe de las indemnizaciones al 50%, planteada la cuestion ante el juzgado, es decir que si asumio en un 50% no se puede exigir a mi representado el 100%, pues si ha estimado que concurre culpa en su conductor por eso asume el 50%, no obstante el juez a pesar de plantearlo no da contestacion en la sentencia al mismo, estimais que concurre causa bastante para apelar por inclngruencia omisiva.
Debes pedir antes para que prospere, la subsanación y/o complemento del 215.2 LEC, caso contrario, te lo denegarán en base a que pudiste pedirlo por ese artículo. Tienes 5 días nada más desde fecha de notificación.
Suerte.
Insito considerais que si el tribunal no da contestacion a la oposicion plantreada b asada esencialmente en unos hechos propiso reconocidos por la aseguradora al liquidar el 50% al ocupante, estariamos a presencia de una incongrtuencia omisiva y en consecuencia sera suceptible de recurso de apelacion.