Saludos
la concurrencia de culpas en un accidente de tráfico será determinada por la competente autoridad judicial; se me ocurre también que pueden las partes llegar a esa conclusión (existencia de concurrencia de culpas) en un acuerdo extrajudicial o un árbitro en un arbitraje siempre y cuando en dicho siniestro no existieran ni lesiones ni responsabilidades penales.
La segunda pregunta, lo lamento pero no entiendo la misma.
¿Quien determina la existencia de congruencia de culpas en un accidente de tráfico para así poder determinar la indemnización ?
¿Si el seguro contrario asume accidenté pagandote una indemnización por el vehículo y posteriormente en juicio de faltas absuelven a su cliente del accidente habiendo reservas d acciones civiles el seguro está obligado a pagarte también la indemnización por las lesiones independientemente de la sentencia penal absolutoria ?