Si los recursos que esperas son del mismo juzgado y se ajustan a tu caso, podrías aplicar el 37.2. de la Ley jurisdiccional. El 37.3 te cubre, de alguna manera, por si al final no te interesara el resultado. Pero esto ya lo sabes.
No creo que si estáis en juzgados distintos puedas hacer algo más.
tengo un contencioso administrativo en curso, pero no hay buenos augurios respecto de ganarlo, pues mi comunidad es la única donde se está perdiendo el tema en cuestión.
¿Es posible, dejar en suspenso el recurso en vez de retirarlo, a la espera de otras sentencias que están pendientes?. Asi podria ver si me conviene o no retirar el recurso.