Sólo vienen regulados por Ley de Presupuestos de cada año sueldo, trienios y c. de destino para todas las Administraciones. Respecto al específico dicha Ley sólo establece el incremento para funcionarios del Estado que experimenta el específico ese año, pero el resto de Administraciones, si no me equivoco, determinan sus específicos libremente.
¿en base a que ley se puede congelar el complemento específico autonómico mientras que la parte estatal del sueldo aumentó un 2% en 2009 y un 0.3 en 2010?
¿no hay ninguna norma que obligue a pagar como mínimo de complemento específico el mismo aumento que la parte estatal?
¿podría disminuir por su cuenta una autonomía los complementos específicos?