Estimados, compañeros. Tengo un problema, y necesito vuestra ayuda. Resulta que demandamos a una sociedad mercantil, y nos equivocamos en el CIF al ponerlo en escrito de demanda, sin embargo de la documentación del procedimiento se ve claramente cual es el CIF correcto. Pues bien, el pleito se gana, y se pide la ejecución. Cuando se pide al Juzgado una averiguación patrimonial de la ejecutada, resulta que el CIF que se aportó en su día corresponde a otra sociedad mercantil con nombre casi idéntico, que crea confusión, a pesar de que se le ha explicado al Secretario, que hubo una confusión en el escrito de demanda, y que del propio contenido de los autos, incluida el nombre que aparece en la sentencia es el correcto (aunque en la sentencia no se determina el CIF) se observa cual es el NIF correcto. Y el Sr Secretario, obtuso él, sigue erre que erre con que la condenada es otra persona jca la condenada a tenor del NIF incorrecto ( que el dice que es el correcto). No sé que hacer, porque es evidente que no quiere mirar la documentación del procedimiento. El Juez dice que no es asunto suyo, que la ejecución la lleva el Secretario. Y nosotros, mientras tanto, no podemos ejecutar la sentencia, porque ahora el secretario dice que el condenado es otro, a tenor de CIF aportado en su día en el escrito de demanda. La parte contraria, encantada, claro. Vamos a recurrir en reposición pero creo que el Secretario seguirá en las mismas. No sé que hacer ante esta indefensión. ayuda! Gracias de antemano