Tengo una duda, a ver si alguien me la puede aclarar.
Acabo de encontrar un modelo de conformidad -con acusación particular-, el cual, como verés, menciona el art. 801 LECr. Y la duda me surge, porque cuando leo tal precepto observo que dice: "los siguientes requisitos:
1.º Que no se hubiera constituido acusación particular y el Ministerio Fiscal hubiera solicitado la apertura del juicio oral y, así acordada por el juez de guardia, aquél hubiera presentado en el acto escrito de acusación."
Conformidad con la acusación particular. FOR20132908
Juicio rápido número .......... .
AL JUZGADO DE INSTRUCCIÓN NÚMERO .......... DE .......... .
D. .......... , Procurador de los Tribunales, en nombre y representación de .......... , según tengo debidamente acreditado en los autos referenciados, ante el Juzgado comparezco y como mejor proceda en derecho DIGO:
Que mediante el presente escrito y según permite el artículo 801.5.º de la LECr formulo escrito de defensa de conformidad con la solicitud de la acusación particular conforme a las siguientes
CONCLUSIONES PROVISIONALES
......
Por tanto, mi duda es: ¿puede mencionarse el 801 en un escrito de conformidad con acusación particular?
Se introdujo el apartado 5º en el artículo 801 Lecrim, precisamente para que para el caso de que se personare acusación particular también fuera posible acogerse a la denominada conformidad premiada.
El problema se encuentra en que la acusación particular, seguramente pedirá una pena más alta que la solicitada por el Fiscal si no se hubiera personado acusación particular.
Pero a lo que preguntas, el artículo 801.5 LEcrim, permite acogerse a la reducción de un tercio en la pena solicitada por la más grave de las solicitadas por las acusaciones, y entre ellas la de la acusación particular.
Saludos cordiales.