El caso es harto difícil, porque creo que por legislación no se resuelve.
Lo expongo lo mas claro y breve posible.
Una SL tiene actividad durante varios años (con notoriedad y publicidad), posteriormente cesa su actividad pero la SL no se disuelve.
Posteriormente al cierre provisional de la hoja registral (último movimiento realizado por la SL), pasados 5 años otra SL registra como Marca para actividades mercantiles iguales el nombre que usaba la sociedad anterior.
La ley de marcas establece que una entidad debidamente inscrita podrá oponerse a la inscripción de su denominación social como marca o nombre comercial si concurren los requisitos del artículo 9.1d.
Cómo se resuelve este conflicto teniendo en cuenta que la inscripción de la sociedad se ha realizado anteriormente a la de la marca pero que la SL afectada no tiene actividad desde hace algunos años.
La línea jurisprudencial sigue el uso prioritario y la anterioridad en la inscripción (muy sencillo, quien lo haya inscrito primero y haya hecho uso de el), pero qué ocurre si la SL afectada no tiene actividad desde hace varios años.