Si un guardia civil es cesado en 2002 habiéndose retirado las armas y en 2004 extrae un arma de un suboficial y mata a varias personas.
1 ¿Los delitos que ha cometido han de ser instruido por un Juzgado de instrucción de almería?
2 ¿Por qué debería ser instruido por un Juzgado Togado Militar Central?
3 ¿ En caso de conflicto entre órganos jurisdiccionales que órgano habrá de resolver el conflicto?
4 ¿Qué diferencias hay con el correspondiente al confícto entre un órgano judicial y una Adm pública?
5 Sería recurrible la sentencia por la que se resolviese el conflicto? ¿Y si lo es que artículo lo establece?