todas las empresas de mantenimiento (ascensores, puerta garaje, cuadros de fuerza, alarmas de incendios, Co2, descalzificadoras, extintores, etc) pasan sus revisiones bien cada año o cuando les corresponda por ley, a todas las comunidades que tienen contrato con ellos, por lo cual no es necesario comunicarles que deben de realizarlo. y si no lo hacen serán a ellos a quien deberá usted indicarles su falta de profesionalidad no a su administrador.
Quizás no me expliqué correctamente porque no hice alusión al tema que sacó a relucir Camelia. Con "Despreocuparse" no me refería a todos los procesos de la comunidad. Me refería al caso concreto del mantenimiento de ascensor y extintores puesto que esta forera ponía de manifiesto en su comentario anterior que era el presidente el que tenía que haber estado al tanto de todos estas revisiones/servicios. Obviamente, para el resto de temas, si queremos atar en corto a la administración hay que estar vigilante, principalmente del tema económico, pero solo faltaba que el presidente por ejemplo tuviera que llamar a la OCA cada 4 años para pasar la inspección del ascensor o llamar al de los extintores para timbrarlos ..........
Marcos78, describe un administrador personalizado que como bien indica Fixin lo único que se consige es que el administrador campe a sus anchas a causa de la despreocupación total de la comunidad y luego pasa lo que aqui estamos "hartas" de contestar y que únicamente es que el administrador hace y deshace a su antojo debido al desinteres y desidia por parte de la comunidad
Respuesta colosal de Marcos78, "En una comunidad se contrata a un administrador para que los propietarios, los dueños de la comunidad, incluido el presidente se despreocupen y sea el administrador el que controle que se llevan a cabo los acuerdos de las juntas y la legislación aplicable a las comunidades."
Este es el principal problema de las comunidades de propietarios, la despreocupación de los vecinos que fomentan que algunos administradores campen a sus anchas y cometan tropelías.
Pues se equivoca en la primera deducion, o sea que sera la segunda, que no tengo ni idea.
Seguro que usted y yo tenemos diferente copia de la LPH, dado que en la mía en el punto A, no indica que tenga que velar por el cumplimiento de los contratos.
O sea según usted una administradora debe controlar si la limpieza de todos los edificios que lleva se realiza correctamente, pasarse por todos los edificios que lleva y mirar la fecha de revision de extintores, mangueras, bombas, puertas garajes, cuadros de alarmas Co2 e incendios, baja tensión, ascensores, descalziificadoras, etc. Por favor a ese profesional se le contrata para llevar la administraccion no para hacer de Serlock Homes.
Pues si en su comunidad existió un enganche, la culpa de ello la tuvo su administrador por no pasar anualmente por el cuarto de contadores para echar un vistazo.
Lo que no entiendo es si no habria las cartas de Iberdrola como podía elaborar anualmente el resumen de gastos.
Ese administrador que echaron era con el que según se desprende se llevaba usted tan mal?
Resumen: ser administradora en España es ejercer una actividad de riesgo, menos mal que yo no la ejerzo,
Unicamente no tengo ni idea
Leyendo el comentario de 'Cameliasafe' se deduce que usted ejerce de administradora de fincas o no tiene ni idea sobre la LPH.
Decir que los problemas relativos a la falta de mantenimiento o revisiones de extintores o ascensores es culpa del presidente ya denota que no se conoce la LPH y más aún cuando descarga la responsabilidad del administrador diciendo que: "deberá entender que un administrador lleva muchos edificios y no puede tener en cuenta cuando hay que pasar la revisión......".
En una comunidad se contrata a un administrador para que los propietarios, los dueños de la comunidad, incluido el presidente se despreocupen y sea el administrador el que controle que se llevan a cabo los acuerdos de las juntas y la legislación aplicable a las comunidades.
Si un administrador lleva muchas comunidades y no es capaz de llevarlo todo correctamente, tendrá que analizar qué es lo que le ocurre; es decir estudiar si necesita más personal en las oficinas, si necesita un programa de gestión informático para agilizar los pagos y cobros, proponer cambiar de proveedor de servicios si considera que no es lo suficientemente eficaz, etc.
Para su información, el administrador de fincas tiene varias funciones que se detallan en el artículo 20 de la LPH. Le recomiendo que se las lea. El artículo 20, apartado a) de la LPH dice que el administrador está obligado al seguimiento del cumplimiento de los contratos. En definitiva, "El administrador de fincas tiene la obligación de velar por el buen régimen de la casa, sus instalaciones y servicios". Por tanto, el administrador de fincas es responsable de los servicios que tenga la finca y de que éstos funcionen correctamente y con arreglo a la legalidad.
Otra cosa bien distinta es que en la junta de propietarios, se acuerde por mayoría de los propietarios que el tema de conservación y mantenimiento se encarga una parte de los propietarios (presidente, vicepresidentes por ejemplo) y el administrador solo se encarga del tema económico (pagos, cobros, etc.) Pero si no se acuerda otra cosa, el tema del mantenimiento (ascensores, extintores, etc) se encarga el administrador.
Dice usted que como lleva tantas comunidades no puede estar encima de todo. Lo siento, eso se llamar estar bien organizado, tener un sistema de programación que le alerte de todas las revisiones.
En mi comunidad tuvimos un caso curioso. Resulta que al parecer un vecino se había enganchado al contador de la comunidad y así estuvo más de un año, triplicándose el importe de la factura de electricidad, pero el administrador no había sido capaz de detectar tal exceso de consumo. Curiosamente, las facturas de iberdrola les llegaban a su domicilio particular y no abría las cartas. Resultado: cese en la siguiente Junta por decir encima que no podía controlarlo todo, que llevaba muchas comunidad. ¡Despedido!
Usted relaciona una serie de problemas comunitarios responsabilizando al Administrador de los mismos, por lo que hay que analizar la situación:
1º.- Ascensor con problemas.
El Administrador no es técnico, ni responsable de su mantenimiento, si bien es verdad que debe hacer todo lo posible para que la empresa de mantenimiento haga su trabajo. Quizá deba usted averiguar el motivo por el que el ascensor tiene problemas. Quizá sea debido a la vetustez del mismo.
2º.- Algún recibo pasado mas tarde que casualmente siempre es problema del banco.
Habla usted de “algún” recibo. Al contrario de lo que dice Cameliasafe, soy de la opinión que si el resto de recibos son girados en tiempo y forma, lo más probable es que dichos recibos sean firmados por el banco con posterioridad.
Tenga en cuenta que los bancos, al abonar los recibos en cuenta, están prestando dinero a la Comunidad.
Quizá el banco no firme toda la remesa a la vez por motivos ajenos al Administrador o simplemente lo tenga así pactado con el banco y no quiera explicarle a usted su operativa interna.
Desconociendo lo que motiva la situación, lo que no tiene sentido es que el Administrador gire unos recibos en tiempo y forma y se espere a girar otros fuera de plazo, por lo que seguramente habrá que señalar al banco.
3º.- Revisión de extintores sin pasar en su fecha correspondiente, que fueron pasados 3 o 4 meses después de que me diese cuenta y escribiese al administrador.
Debe usted saber que:
- Las revisiones, recarga y retimbrados de los extintores de incendios deben ser realizadas por empresas mantenedoras autorizadas.
- La vida útil de un extintor contra incendios es de 20 años desde la fecha del primer timbrado, pasado dicho plazo debe ser sustituido por otro.
- La empresa mantenedora debe entregar a la propiedad un acta del retimbrado del extintor apaga llamas.
- Deben verificar que el mantenedor ha cumplimentado debidamente la etiqueta de revisiones que presenta el extintor tras su revisión, recarga o retimbre.
- La propiedad del extintor de incendios debe asegurarse que se sigue el programa de mantenimiento, que es el siguiente:
Cada tres meses:
(la empresa autorizada)
Comprobación de la accesibilidad, señalización, buen estado de conservación.
Inspección ocular de seguros, precintos, inspecciones realizadas, del estado exterior de las partes mecánicas (boquillas, válvula, manguera, manómetro, etc).
Comprobación de su peso y presión.
Cada año:
(Por la empresa mantenedora autorizada)
Comprobación del peso en los extintores de incendios de CO2 y además del peso la presión en los extintores contra incendios de polvo).
Inspección ocular del estado de la manguera, boquilla, lanza, válvulas, manómetro y partes mecánicas así como el estado del envase del mismo extintor apaga llamas que no presente golpes ni deterioros como corrosión.
Cada cinco años:
(Por la empresa mantenedora autorizada)
Retimbrado.
Por lo que usted comenta, la Inspección sí que se ha hecho, pero tarde. Le echa la culpa al Administrador, pero debe saber que no es infrecuente que ello ocurra así, porque la empresa de revisión de extintores, al llevarse los extintores a retimbrar, necesita sustituirlos provisionalmente por otros y en ocasiones carecen de suficientes extintores de sustitución para abastecer a todas las comunidades que tienen como clientes.
4º.- OCA del ascensor sin pasar en fecha correspondiente previo aviso de la empresa mantenedora por documento en el buzón de la comunidad que está repleto de cartas sin gestionar por el Presidente.
No creo que eso sea responsabilidad de su Administrador, sin perjuicio de que estoy convencido de que la OCA ya la ha pasado. Lo interesante es el certificado de la OCA, porque del mismo pueden extraer conclusiones sobre el mantenimiento del ascensor que tienen ustedes firmado.
5º.- Descalcificadora comunitaria sin registro de mantenimiento en su ubicación visible a los vecinos.
Los descalcificadores que conozco no necesitan mantenimiento y únicamente deben ser sustituidos pasados entre 25 y 40 años de su vida útil.
6º.- Reparación en terraza y bajantes para lluvias que no está bien hecha por la empresa de mantenimiento
A su Administrador le corresponde reclamar a dicha empresa la correcta reparación.
¿El administrador puede negarme la comunicación con él en cuestiones de comunidad?
RESPUESTA.- Sí.
¿Puede negarme información relativa a la comunidad previo a yo ser propietario? Las facturas e información que le pido son de 2016, 2017 y anterior a octubre de 2018.
Veamos.
Usted ha entrado en la comunidad en 2018 y logicamente se está interesando por la comunidad, cosa que deberia de ser de agradecimiento en vez de reproches, pero cuando entramos en temas de administradores, ojo, es meterse en un mundo oscuro y por tanto usted está encendiendo una luz que él no desea.
Seguramente la comunidad lleva así años y este señor (el amo de la comunidad, entiendase el administrador) lleva viviendo muy bien en esta situacion y usted le está complicando la vida. Cierto, usted está mirando por su interés y el de la comunidad, pero el resto de los comuneros son ciegos o no quieren ver, y como se dice, en el pais de los ciegos, el tuerto (el amo) es el rey y usted le está complicando la vida y por eso ya no le mira bien (se está usted metiendo en su trabajo).
Sepa que aqui en este foro hay muchos administradores de fincas (no es mi caso) y hay contestaciones corporativistas, ya me entiende.
La documentacion debe estar a disposicion de los propietarios, dice la ley, pero existe jurisprudencias que dicen que solo se debe entregar o dejar, al presidente de la comunidad en dia y hora convenida, y por ello no se la deja. Hecha la ley hecha la trampa.
Usted se ha metido en un mundillo (las administracion de finca) oscuro (ya se lo dicho antes) y corporativista y hasta mafioso llegado el caso.
Sobre el cartel o nota informativa está muy bien puesto, usted solo ha querido informar, pero le está levantando el gallinero a este administrador, y hasta ahora él vive muy bien.
Le felicito por su actuación ya que lo que pretende es que la comunidad funcione bien que para eso paga usted su cuota comunitaria.
Cuando se aprobo el presupuesto se diria cual era su coste.
Si no era propietaria, no entiendo el interes que tiene por sabet el coste, y eso mismo entiende el administrador y por eso no se lo facilita
Le vuelvo a responder que el administrado no tiene obligacion alguna de forma de manera individual y menos si usted no era propietaria.
Cuando se aprobo el presupuesto se diria cual era su coste.
Si no era propietaria, no entiendo el interes que tiene por sabet el coste, y eso mismo entiende el administrador y por eso no se lo facilita
Le vuelvo a responder que el administrado no tiene obligacion alguna de forma de manera individual y menos si usted no era propietaria.
La nota entiendo que para quien afecte me puede decir que no es acertada pero tambien creo que como bien se dice en la LPH la documentacion de la comunidad está a disposicion de los copropietarios y custodiada por el secretario que en esta situacion es el administrador, entonces no entiendo la negativa, estando todo en regla que no me deje ver lo que se presupuestó de la terraza y que afecta unicamente a mi vivienda, con esto solo puedo pensar que hay algo que no quieren que vea o que esconden, la LOPD me parece perfecta pero que se escude en ella para negarme lo que le pido.....me resulta raro.
Todo lo que expone es problema del presidente,
Deberá entender que un administrador lleva muchos edificios y no puede tener en cuenta cuando hay que pasar la revisión anual de extintores y alguna cosa mas que indica.
Si el presidente no entiende de esa cosas pues tampoco es tan dificil, que el se dirija al administrador y le indique que el ascensor va mal, cosa que el administrador no tiene porque saberlo.
Pasar un recibo mas tarde me extraña que sea causado por el banco, para que no vuelva a pasar, abone usted su recibo en la cuenta de la comunidad
Si la terraza hay que repararla, hay que comunicarlo en junta y si es urgente se le indica al presidente.
El papelito en el ascensor sólo le ha servido para tener un nuevo enemigo.
Por supuesto que se puede negar a darle la información solicitada anterior a ser usted propietario, es mas el administrador se puede negar a mostrarle muchas cosas de las que pide dado que el rinde cuentas a la comunidad, no a un único propietario,, además la ley protecccion de datos le apoya a el dado que en las facturas aparecen datos personales que él no puede facilitar
Buenas tardes, me gustaria exponer el problema que tengo en mi comunidad a partir de hacer preguntas e interesarme por el buen funcionamiento de esta y me está creando problemas con el actual administrador.
Tras yo entrar a formar parte de la comunidad en 2018 se han dado casos como:
- Ascensor con problemas
- Algun recibo pasado mas tarde que casualmente siempre es problema del banco.
- Revision de extintores sin pasar en su fecha correspondiente, que fueron pasados 3 o 4 meses despues de que me diese cuenta y escribiese al administrador.
- OCA del ascensor sin pasar en fecha correspondiente previo aviso de la empresa mantenedora por documento en el buzon de la comunidad que está repleto de cartas sin gestionar por el Presidente.
- Descalcificadora comunitaria sin registro de mantenimiento en su ubicacion visible a los vecinos.
- Reparación en terraza y bajantes para lluvias que no está bien hecha por la empresa de mantenimento
Conforme he ido mandando email al administrador quejandome de todas estas cosas y del mal funcionamiento, sus contestaciones han ido siendo cada vez mas secas hasta el punto de que mandarme un documento firmado como que para cosas de la comunidad debo referirme al presidente, quien en su dia en una conversacion por un problema del ascendor me dijo que para todas esas cuestiones hablase directamente con el administrador, que el de todo eso no tenía ni idea.
El documento en cuestion me lo envío en el ultimo email despues de poner yo en el ascensor una nota informativa de mi descontento con la gestion actual y proponiendo un nuevo administrador, todo ello expresado de forma educada y con respeto, en ese documento firmado por el administrador ademas de negarme futuras consultas, me acusa de poner falsedades en la nota del ascensor y pedir explicaciones en la proxima junta.
¿En mi ignorancia he hecho mal al poner eso en el ascensor? Para todos los puntos de descontento en la nota del ascensor tengo por escrito y pruebas de que nada en absoluto es falso, ponerla ha sido para evitarme ir puerta a puerta y molestar a vecinos que ni conozco.
¿El administrador puede negarme la comunicacion con él en cuestiones de comunidad?Es quien hace de secretario y a quien yo le estoy pidiendo ver facturas, etc. En esta insistencia mia es cuando ha terminado de molestarse conmigo.
¿Puede negarme informacion relativa a la comunidad previo a yo ser propietario?Las facturas e informacion que le pido son de 2016, 2017 y anterior a octubre de 2018.
Con todas estas cosas y algunas mas, tengo la sensacion de que hay un pequeño complot entre el administrador, la presidenta, empresa de limpieza(hermana de la presidenta), empresa de mantenimiento de la descalcificadora(cuñado de la presidenta), tantas preguntas por diferentes servicios.