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¿Confesión judicial o interrogatorio de parte?

6 Comentarios
 
21/01/2004 09:55
Muchas Gracias a todos/as los que han opinado al respecto.

Un saludo Ninfa y mcruz
20/01/2004 15:44
lo correcto al proponer la prueba, desde la entrada en vigor de la nueva Ley de Enjuiciamiento Civil (Ley 1/2000, de 7 de enero), cuando se pretende preguntar a la parte contraria (actor o demandado) es decir "Interrogatorio de la actora o interrrogatorio de la demandada)
16/01/2004 16:29
Hola.

Supongo que si. Pero yo sigo poniendo lo de siempre, confesión judicial, que es la que regula el Código Civil (si no me equivoco arts. 1232 y siguientes)

saludos.
16/01/2004 09:05
Gracias Ninfa, pero si pongo a partr de ahora como marca la LEC interrogatorio de parte es lo correcto???

un saludo
15/01/2004 20:28
Hola.

Yo sigo ponendo cuando la propongo en al demanda, confesion judicial y, en la citación que el juzgado hace continua advirtiendo "...y será tenido por confeso..."

Saludos.

Saludos.
15/01/2004 19:42
Alguien que me pueda dar su opinion y ayudar se lo agradeceria.

Un saludo, gracias
¿confesión judicial o interrogatorio de parte?
15/01/2004 15:22
Hola compañeros/as:

Hace ya algunos años que segun la LEC cambio la denominación de CONFESION JUDICIAL por INTERROGATORIO DE PARTE ¿es cierto?. ¿Hay alguna otra diferencia?.

Es que estoy haciendo una demanda y en la propuesta de prueba no se si poner CONFESION JUDICIAL o INTERROGATORIO DE PARTE, yo creo que hoy en dia es correcto lo de INTERROGATORIO DE PARTE?.

Hay alguien que me lo pueda confirmar. Muchas gracias compañeros/as por enriquecerme y ayudarme