hola, yo también tengo que hacer en breve un cambio de local a vivienda y quería saber si solo es necesario lo de la Comunidad o también hay que tener algún proyecto, licencia de obras, etc.
Gracias
la sentencia a la que hago referencia, y en las escrituras de cambio de uso es muy conveniente hacer mención a ella es la sentencia de del Tribunal Supremo de 5 de marzo de 1998, y Dirección General de los Registros y del notariado de fecha 23 de marzo de 1998. Si quisieras una copia de mi escritura de cambio de uso no tendría ningún inconveniente en remitírtela. Para cualquier cosa: 629417008 ó 954902180 (emma ). un saludo
hola: yo también soy propietaria de un local comercial, y acabo de otorgar escritura ante notario de cambio de uso. Esta escritura no necesita el consentimiento de la comunidad de propietarios y lo único es que no vaya en contra de los Estatutos de la Comunidad. Estas escrituras son prácticamente nuevas y se basan en una sentencia del Tribuanal constitucional que aboga por el Derecho de Propiedad. Si necesitas cualquier otra información, no dudes en pedírmela. En cuanto a la segración en dos, habrá que estar a lo que dispongan los estatutos al respecto.
En primer lugar hay que ver si los estatutos de la Comunidad te permiten cambiar el uso establecido, si no es así necesitarías acuerdo por unanimidad de la Comunidad. En segundo lugar tienes que consultar en el Ayuntamiento si en esa zona y ese edificio, la normativa urbanística permite el "cambio de uso". Las dos condiciones son obligatorias. Un saludo.
tengo un local de unos 140 metros en un edifcio de viviendas y me gustaria saber cuales son los pasos , si es podisle, para convertirlo en dos viviendas.