Si has facilitado copia de su permiso de conducir, has cumplido con la obligación que impone el art 9 bis de la LSV, pero me consta que, cuando el conductor extranjero resulta desconocido en su domicilio, la DGT tiende a responsailizar al titular por no identificar verazmente al conductor. Si aun puedes presentar recurso de reposicion, presentalo incidiendo en eso, copia literalemente ese art. Si no, solo te queda acudir al contencioso. 900 euros es una cuantia lo suficientemente importante, me parece a mi, y que tu abogado solicite condena en costas. Por curiosidad ¿la tramitación del expediente sancionador corresponde a la jefatura de Avila, o al CTDA? El expediente debería comenzar por 05-040 ó 05-060 si es de la jefatura, y 05-045 si es del CTDA
En Abril 2011 mi hijo estaba coduciendo mi coche cerca de Avila con exceso de velocidad. He identificado como conductor dando su nombre, direccion y copia de su licencia de conducir (New York State USA). El DGT me ha dicho que este no es suficiente para identificar verazmente el conductor y pide Euros 900.