A ver si alguien puede ayudarme, o darme algo de información. Vivo en Blanes (girona) en unos pisos (planta baja). Pegado al piso han abierto un restaurante. Antes habia una tienda, pero el propietario decidió alquilarlo para abrir una pizzeria ya que tiene licencia el local. El tema es que hubo muchos problemas con estos pisos, y parece ser que cuando el ayuntamiento dio licencia, no vinieron a comprobar que todo estuviera tal y como tiene que estar. Bueno, ya dejo de enrollarme. La cuestión es que nos dimos cuenta que el conducto de salida de humos del restaurante pasa justo por encima de mi cocina y baño, y aqui empieza mi primera pregunta, eso es legal??! ademas, hasta donde yo se, nos dijeron que los conductos deben tener en grosor y estar protegidos por un cajon para envitar ruidos y olores. El conducto que hay ahora mismo es simplemente,,como diria, tipo ojalata!!!nada de protección delgado como una hoja de papel. La cuestión es que nosotros ya presentamos alegaciones al ayuntamiento, pero ellos esta semana santa ya abrieron. Llamamos a la policia pero nos dijeron que no podian hacer nada, que tenian la solicitud (que no el permiso o permiso provisional)y que teniamos unos 10 dias para presentar alegaciones.
Despues de todo este rollo, perdon! mi pregunta es la siguiente:
Puede un conducto de humos de un restaurante pasar por encinma de una vivienda (con techo falso)?
Donde podria consultar la normativa necesaria?
y para saber que tipo de conducto, tamaño, grueso,,,donde se puede consultar?
Lo que no ha aclarado en su exposición, es si el local pertenece al edificio donde usted tiene su vivienda o es un edificio colindante. Tampoco comprendo como el conducto de ventilación puede pasar por encima de su vivienda. ¿Habrá querido decir que "sobrepasa la altura de su vivienda"?.
Perdona si no me expliqué bien!Por un lado, sí, el local pertenece al edificio de mi vivienda, no es un edificio colindante.
La otra pregunta, a ver si me se explicar bien. El local donde esta ubicado el restaurante, da pared con pared con mi cocina y baño, en los bajos del edificio. El conducto de salida de humos que sale de la pared de su local pasa por encima de mi cocina para al cabo de 2 metros tirar para arriba a traves de un patio interno atravesando todo el edificio hacia arriba. Cuando dices que "sobrepasa la altura de mi vivienda, lo siento no entiendo muy bien la diferencia. El techo de mi cocina y baño, no es techo duro, son placas cuadradas que se pueden quitar. Entonces, si nos ubicamos en mi cocina, y yo levanto una de estas placas, puedo ver el conducto de salida de humos que entra a traves de la pared, y que despues de cruzar toda la cocina sube para arriba. Es decir, que si yo quito todas las placas del techo de mi cocina, veo todo el conducto de salida de humos. Espero haber aclarado un poquito la duda, cualquier cosa me lo preguntas por favor. Muchas gracias!
El problema es que el conducto de salida de humos ya estaba ahi desde que el edificio fue terminado, aunque en los planos que presentaron al ayuntamiento los ingenieros responsables de la obra del edificio, no consta esa salida de humos encima de mi piso. No es que lo colocaran a posteriori, sino que desde que se construyó el edificio ya estaban, aunque no en los planos en los que el ayuntamiento dio el visto bueno.
No, encimo de mis placas no hay cielo abierto, por supuesto. Yo estoy en planta baja, por lo que encima mio hay 5 plantas más. Encima de mis placas hay un espacio vacio, entres placas y el techo que representa ser el suelo del piso de la primera planta, espacio a traves del cual pasan distintos conductos, entres ellos el de la salida de humos.
Gracias por intentar aclarar esto, y siento si no acabo de explicar bien la situación, sin un dibujo es un poco dificil!
En ese caso, ese espacio entre el forjado y su falso techo ES DE SU EXCLUSIVA PROPIEDAD.
Por tanto ese conducto está pasando por el interior de su propiedad.
El mayor problema es saber si por el paso del tiempo (20 años), ya se ha constituido una servidumbre de paso.
Debería contactar urgente con un abogado, aportandole la escritura de propiedad. Convendría tambien acceder al expediente de licencia de actividad en el Ayuntamiento y ver la documentación técnica que se presentó.
Así mismo ver el expediente de concesión de licencia de primera ocupación del edificio.
La directiva para la instalación de este tipo de tuberias metálicas. asi como la altura de la misma con respecto al total del edificio y sus anclajes al mismo, creo que viene regulada segun una norma de la Dirección General de Industria, Energia y Minas, correspondiente a la Consejería de Industria. Saludos...
Muchisimas gracias por vuestra información. Ahora ya estoy consultando con el ayuntamiento y con un ingeniero a ver como se hizo todo desde el principio,,,licencias concedidas, todo!una vez lo tenga claro, os digo algo!