hola a todxs, es el caso de un compañero de trabajo, resulta que no comunico a la empresa que le habian retirado y carnet y seguia conduciendo vehiculos de la empresa a pesar de ello. En el mes de junio tuvo un accidente durante su jornada con un vehiculo de la empresa en el que intervinieron policia municipal, bomberos y samur. Trato de hacer creer a la policia que se llamaba de otro modo, dio el nombre de un familiar y dijo que no tenia documentacion encima, hasta que se persono el encargado en el lugar del accidente y al llamarle por su nombre la policia descubrio que los estaba mintiendo, entonces comprobaron que tenia el carnet retirado por alcoholemia hace menos de un año y al hacerle la prueba volvio a dar alcoholemia, lo que no se es cuanto dion y se lo llevaron detenido.
Esta un poco acojonado porque dice que podria entrar en la carcel, pero yo le digo que no creo aunque no se si la retirada de carnet le supuso antecedentes penales, porque ya le pillo la nueva normativa esa.
Espero alguna respuesta que pueda tranquilizarle, un saludo
pero.... ¿de que depende la entrada "al talego"?
¿de la tasa de alcoholemia?
¿de quebrantar la retirada?
por favor agradeceria alguna respuesta mas explicita, de todos modos gracias
faltan algunos datos para poder dar una respuesta completa. no dices si la retirada de carne anterio fue impiesta por via administrativa o penal, lo que es importante para la reincidencia, y quebrantamiento de condena. y tb para saber si podría entrar en prisión, lo que puedo decirte es los delitos que podrán imputarse
1- contra la segurida vial, por conducir bajo los efectos del alcohol. normalmente para que sea delito la tasa debe ser superior a 0,60, pero al haber provocado un accidente basta que demuestren que conducía influenciado por el alcohol, aunque la tasa haya sido más baja. La pena es de 3 a 6 meses de prisión o multa de 6 a 12 mses, (o de 4,5 meses de prisión o multa de 9 a 12, si se aplica la reincidencia). el juez decidirá si pone prisión o multa, valoranso si hay la reincidencia o no, por eso con lo que dices no se puede saber.
2- quebrantamiento de condena. sólo en caso de que la retirada anterior como te decía antes hubiese sido por via penal, sino no. está penado co multa de 12 a 24 meses.
3- por usurpación de estado civil, al haberse hecho pasar pr otra persona.. pero esto dpenderá más del fiscal, si lo acusa de ello o no.. porque a veces lo dejan pasar por alto.
espero haberte ayudado un pco más.saludos
Pues depende, como te ha dicho BCN, de muchas cosas, pero básicamente de lo que te dije yo antes: De lo que le cayera la vez anterior (, tasa de alcoholemia, sentencia penal o sanción administrativa, cuándo fué, cuál fue la pena, si tienen más delitos, si estaba en libertad condicional o no, etc....)